Requisitos para cobrar la ayuda familiar
Requisitos para cobrar la ayuda familiar. Podemos entender por “ayuda familiar”, se llama a dos subsidios por desempleo, que realmente son bien distintos en cuanto a sus requisitos, pago y duración. Aquí se explican los requisitos para cobrar la ayuda familiar, y dentro de que parámetros se puede cobrar. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
En un primer lugar, tenemos la “ayuda familiar”; a la cual nos referirnos al subsidio que se puede cobrar seguidamente, después de que se haya terminado de cobrar el paro normal; que esto es la prestación contributiva que se cobra cuando se tiene como mínimo un año cotizado; siempre que se cumpla con los requisitos, como estar libres de rentas y poseer cargas familiares.
Así mismo, el término de “ayuda familiar”; es utilizado para hablar sobre el subsidio económico que brinda el estado a las familias, cuando no se tiene acceso al paro normal; es decir; cuando no se tiene cotizado al menos 360 días, que componen un año; sin embargo, existe la excepción, cuando se ha cotizado por lo mínimo 90 días, y el trabajador presenta cargas familiares; puede del mismo modo, cobrar esta ayuda.
Estas ayudas económicas están establecidas en el Programa de Activación para el Empleo (PAE); con el objetivo de impulsar la reinserción laboral de personas en situación de paro de larga duración. Para cobrar la ayuda familiar se deben conocer todos los requisitos y maneras de procesarlo.
Requisitos que se deben cumplir
- En primer lugar; se debe haber agotado el paro; lo cual es: la prestación contributiva por desempleo.
- La persona, debe estar sin empleo, así como también debe estar inscrita como demandante de oficio, al menos durante un mes desde que se terminó la prestación contributiva. A esto es a lo que se llama “el mes de espera”; y debe ser consciente del compromiso de actividad; que son las obligaciones del parado.
- El solicitante que opte por la ayuda familiar autónoma, debe demostrar que tiene responsabilidades familiares; ya sean hijos menores de 26 años, cónyuge, o hijos discapacitados, que estén bajo su tutela.
- No pueden poseer rentas que superen el setenta y cinco por ciento (75 %) del salario mínimo para profesionales.
En este punto, se realiza la demostración por dos factores:
Lo primero que se determina es que el solicitante no tenga ninguna renta propia; y que la misma no supere el 75% del sueldo mínimo de tipo interprofesional, es decir, que el solicitante no tenga rentas mayores o iguales a 712,50 € euros mensuales.
Después que es considerado ese requerimiento, se pasa a calcular las rentas medias de la unidad familiar, que no debe superar los 712,50 € euros mensuales. Esta parte se calcula usando como datos la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros del núcleo familiar.
Los cuales incluye a: solicitante, cónyuge y los hijos menores de 26 años o mayores que presenten alguna discapacidad; y este monto se divide entre el número de miembros que la componen. El resultado no debe ser mayor al 75% ya mencionado.
Importante:
Las personas que deseen cobrar la ayuda familiar, deben saber que no solo es para las familias que tienen hijos o responsabilidades a su cargo. Este subsidio también lo pueden adquirir una pareja unida en matrimonio, que no tenga hijos; siempre y cuando se demuestre que alguno de los cónyuges depende económicamente del otro. Es decir, por alguna discapacidad, problema legal, entre otros.
Ayuda familiar por desempleo
Si se trata de optar por la ayuda familiar, cumpliendo los parámetros de ley por paro, se deben calificar en los beneficios de desempleo, en estos se refieren a trabajar un cierto número de semanas durante un cierto número de horas semanales.
Sin embargo, e incluso si ha sido destituido por cualquier causa, es posible que pueda cobrar, independientemente del motivo de despido. En este caso es importante conocer sus derechos, ya que existe el derecho para apelar la desaprobación de sus reclamos de desempleo, antes de renunciar a la solicitud del beneficio.
El solicitante debe estar sin empleo por causas ajenas a su voluntad. Es decir; el desempleo se debe haber dado por una razón que vaya más allá de su control. Como por ejemplo; si la persona fue despedida con motivo justificado, por dejar de fumar o por ser mala conducta en el lugar de trabajo, etc; esto lo hará inelegible para dichos beneficios de desempleo.
Es importante cumplir con su pertinente estado; respecto a los requisitos de ayuda familiar; para el tiempo total trabajado o la cantidad de salarios que hay cobrado por un lapso de tiempo. Este anotador puede terminar siendo confuso, sin embargo; se puede asumir que si el trabajador sostuvo un puesto de trabajo durante un largo plazo y que perdió inesperadamente o sin una causa justa, podría cumplir con los requisitos para una ayuda familiar.
Durante que tiempo se puede solicitar
El tiempo estipulado para solicitar la ayuda familiar es de quince (15) días hábiles, una vez que se termina el cumplimiento del mes de espera; es decir, hay que dejar pasar un mes desde el agotamiento del paro anterior. Si pasa este tiempo, no se pierde el derecho. No obstante, no se incluyen en el pago los días de retraso que se dieron. Por lo tanto, se comienza a cobrar a partir de la fecha en la que se dio la solicitud.
De presentarse el caso, donde el solicitante cumple al mismo tiempo los requisitos para adherirse al subsidio para mayores de 55 años, se le validara a esté, puesto que es más beneficioso.
Si al momento de solicitar la ayuda familiar, no tiene responsabilidades familiares o presenta rentas superiores a las establecidas; se podrá realizar una nueva solicitud. Pero debe hacerse antes de que transcurra un año, y deben cumplir con los requisitos, ya sea teniendo las cargas familiares y carecer de rentas superiores a 712,50 € euros al mes.
Donde solicitar la ayuda
Para generar la solicitud, es necesario llenar el formulario y entregarlo en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, esto debe hacerse con cita previa. Asimismo, se puede solicitar vía Internet, en la página de internet del SEPE. Para realizarlo por este medio se debe contar con clave de acceso, Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico o certificado digital.
Esta ayuda deberá renovarse cada 6 meses.
¿Cuánto es el monto a cobrar?
Para la fecha el monto estipulado por la ayuda familiar, es de 430,27 € euros al mes. Lo que representa el ochenta por ciento (80%) del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Aunque siempre existen casos excepcionales; por esto es importante destacar y tener presente que si el último empleo, con el cual se recaudo el paro era con una jornada de trabajo parcial, osea a medio tiempo, el Servicio Público de Empleo (SPE), no cancela el 100% del subsidio, sino que se paga en proporción a las horas trabajadas. Por ejemplo, si el último contrato fue de media jornada, se paga el 50% del subsidio, es decir, 215 euros mensuales.
Duración de la ayuda familiar
Esta ayuda puede ser cobrada por un total de año y medio. Dividido en 3 lapsos: los primeros seis meses, una vez que se realice la renovación se genere el cobro de seis meses mas. Y se puede renovar hasta una tercera vez para cumplir con el tiempo total de 18 meses.
No obstante; siempre hay excepciones, pudiesen alargar el tiempo del subsidio, hasta los 24 o 30 meses, lo que es igual a dos años o dos años y medios.
- Norma principal: 18 meses. Se cobran 6 meses y luego es posible renovarlos hasta dos veces.
- Desempleados menores de 45 años, con seis meses como mínimo de desempleo. Se les concede una cuarta prórroga hasta los 24 meses.
- Mayores de 45 años, con cuatro meses como mínimo de desempleo. Se les concede una cuarta prórroga hasta los 24 meses.
- Desempleados mayores de 45 años, con seis meses como mínimo de desempleo. Se les concede una quinta prórroga hasta los 30 meses.
- Renovación del subsidio
- Las personas que adquieran el beneficio de la ayuda familiar en España; deberán renovarla cada seis meses, siempre y cuando se demuestre que se sigue cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos exigidos para la ayuda familiar numerosa; para que pueda seguir disfrutando de las oportunidades que les ofrece tener este subsidio.
Ventajas
La ayuda familiar es un beneficio que incluye a todos los miembros de la familia, sobre todo cuando se trata de un núcleo familiar numeroso. Y es una iniciativa con el pensamiento firme de sobrellevar el hogar, más aun cuando hay niños y jóvenes en formación académica. Es por eso que no se debe olvidar que la ayuda familiar ofrece muchas ventajas:
- Este programa está orientado al entorno de vida de las familias involucradas.
- Se basa en brindar una ayuda a largo plazo.
- La ayuda familiar está disponible en diferentes formas y con distintas exepciones, dependiendo del caso del solicitante.
- A pesar de que es una ayuda individualmente, se hace de acuerdo con el plan de ayuda, adaptándose a las necesidades de la familia.
- La ayuda familiar ayuda a fortalecer la base para mejorar las perspectivas y calidad de vida de toda la familia.
- Hablamos de ayuda familiar, aunque esta va de la mano de muchas otras opciones y organismos que ayudan al tratamiento familiar.
- Mientras que el estado brinde el apoyo familiar, será innecesario que los niños sean ubicados en un hogar extranjero.
Ayuda económica para trabajadores autónomos
Un trabajador autónomo se denomina aquella persona que realiza una actividad económica por su cuenta, sin estar atado a un contrato laboral, aun cuando se tiene trabajadores remunerados. Este trabajo se puede dar ya sea a domicilio, o por medio de un establecimiento abierto al público.
En este término se incluye a todos los teletrabajadores que tienen clientes y realizan sus trabajos; como peluqueros, manicuristas, estilistas, trabajos informáticos, entre otros. Así como también, las personas que laboran por medio de un local de comida, venta de ropas o repuestos, etc. No tiene alguna importancia si este local es propio, arrendado, entre otro. Mientras que emita facturas formales por las actividades que realiza, ya que esto da fe que es propietario de una empresa.
Del mismo modo, una persona que sea un trabajador autónomo también está obligado a cotizar, si desea a largo plazo disfrutar de ciertas prestaciones; entre ellas la ayuda familiar por trabajador autónomo.
A principios del año 2018 entra en vigencia una nueva Ley de Reformas urgentes del trabajo autónomo, en ella se plantean todos los puntos importantes si se desea comenzar a trabajar por su cuenta.
Estos trabajadores pueden optar por el cobro de la ayuda familiar siempre y cuando se haya cotizado lo exigido por la ley y cumpla con los demás requisitos estipulados. Como si tiene cargas familiares, y que no supere el setenta y cinto por ciento del salario mínimo en rentas.
Solicitud de ayuda para trabajadores autónomos
Si un desempleado desea solicitar la ayuda familiar, debe de igual forma esperar el mes de espera. Y dirigirse a pedir su ayuda familiar después de que transcurran 15 días hábiles.
Para optar por esta ayuda se debe acudir a una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); ya debe tener cita previa o bien realizar el trámite por internet, pero al hacerlo por aquí, se necesitará clave de acceso, DNI electrónico o certificado digital. Es indispensable recordar, como ya hemos visto en párrafos anteriores, que cada medio año se debe de renovar dicha ayuda.
Se debe presentar los siguientes documentos en todo caso:
- Formulario de solicitud
- Documento de identificación del solicitante
- Documentación de los hijos y cónyuges. En caso de los hijos menores, los certificados de nacimientos, o cédula de identidad si son mayores de siete años. Acta de matrimonio de la pareja. Y si los hijos tienen alguna discapacidad, presentar informe que lo confirmen.
- Certificados de la empresa registrada.
- Justificativo de rentas, esto para garantizar que no se tienen rentas mayores al 75% del SMI.
- Copias de constancias de trabajo donde se haya generado las cotizaciones.
- Certificado del banco donde tiene la cuenta, donde se visualice el numero de cuenta del propietario.