Reforma tributaria en España proyecto
Reforma tributaria en España proyecto. El 27 de octubre de 2020, el gobierno español aprobó el proyecto de Ley de Presupuestos para el año 2021. El proyecto incluye reformas tributarias importantes dirigidas a cumplir con los objetivos de los dos partidos (PSOE y Podemos) que conforman el actual gobierno de coalición y busca alinearse con las directrices de la Unión Europea y de la OCDE.
Este proyecto debe someterse aún al proceso legislativo. Pero creemos que contiene asuntos que pueden ser de interés para nuestros clientes, que invierten en Ecuador y en el exterior a través de vehículos societarios españoles.
A continuación, los puntos clave del proyecto: Reforma tributaria en España
- Se busca implementar una limitación al 95% de la exención sobre ingresos derivados de la tenencia de participaciones, dividendos y plusvalías. Se prevé que la tasa efectiva será del 1,25%. Actualmente, estos ingresos se encuentran exentos del impuesto.
- Se busca imponer una tasa de 1,25% a todos los beneficios canalizados a través de las entidades de tenencia de valores extranjeros (ETVE) españolas.
- Las personas naturales que perciban ingresos superiores a EUR 300.000,00 estarán sujetas a una tarifa de impuesto a la renta del 24,5%, aumentando la tarifa en dos puntos porcentuales. Actualmente, las personas que perciben ingresos superiores a EUR 60.000,00 se sujetan a una tarifa del 22,5%.
- Los ingresos provenientes de ganancias de capital superiores a EUR 200.000,00 que perciban las personas naturales estarán sujetos a una tarifa del 29%.
- Se planea actualizar la lista de paraísos fiscales y jurisdicciones no cooperantes de manera que se alinee a las directrices de la Unión Europea y de la OCDE. Lista que no se ha actualizado desde el año 1991.
El gobierno de coalición actualmente no tiene mayoría en las Cortes Generales; por lo tanto, requerirá el apoyo de otros movimientos para la aprobación del proyecto. Es posible que el proyecto se modifique durante el proceso legislativo.
Advertencia: El boletín de Pérez Bustamante & Ponce (PBP) no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.