Recordatorio de las obligaciones enero
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Recordatorio de las obligaciones enero 2021
A nuestros suscriptores que en enero de 2021 se debe cumplir con las siguientes obligaciones por lo tanto se realiza un recordatorio:
Declaración IVA semestral
Los sujetos pasivos que exclusivamente transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados. Así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán una declaración semestral de dichas transferencias. La información correspondiente a las operaciones realizadas entre julio y diciembre de 2020 deberá ser presentada en enero 2021 según el noveno dígito del RUC.
Presentación de Anexo PVP para sujetos pasivos de ICE
Los fabricantes e importadores de bienes y los prestadores de servicios gravados con ICE. Deben presentar la información referente a los precios de venta al público sugeridos con corte al 31 de diciembre de 2020. Dentro de los primeros cinco días del mes de enero de 2021.
Presentación del Anexo de retenciones en la fuente por relación de dependencia
Los empleadores, respecto de los pagos efectuados a sus trabajadores, deberán presentar la información relativa a las retenciones en la fuente del impuesto a la renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2020. Esta información deberá ser presentada a través de la página web del Servicio de Rentas Internas. Inclusive en aquellos casos en que, durante el período mencionado, no se haya generado ninguna retención.
Presentación de la proyección gastos personales
Todo contribuyente que labora bajo relación de dependencia presentará a su empleador una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta que considere incurrirá en el ejercicio económico 2021. El documento debe contener el concepto y el monto estimado o proyectado durante todo el ejercicio fiscal.
Entrega de información y documentos relacionados con los accionistas de compañías extranjeras que son accionistas de compañías locales
Las compañías nacionales que cuenten entre sus accionistas con sociedades extranjeras deberán entregar a la autoridad tributaria nacional la nómina de las compañías o personas jurídicas extranjeras que figuraren como socias suyas, con indicación de los nombres, nacionalidades y domicilios correspondientes, junto con fotocopias notariadas de las certificaciones extendida por la autoridad competente del país de origen en la que se acredite que la sociedad en cuestión cuenta con existencia legal en dicho país.
Remitir información trabajadores actividades complementarias
Las compañías de actividades complementarias deberán remitir, hasta el 31 de enero, la nómina de los trabajadores y extrabajadores, en la que se detallará la fecha de inicio de labores en la empresa usuaria con el detalle de los días efectivamente trabajados y el número de cargas familiares.
Recordamos que la empresa usuaria calculará las utilidades a repartir a los trabajadores, en base a la nómina de trabajadores y extrabajadores propios, así como de los trabajadores y extrabajadores pertenecientes a empresas de actividades complementarias que le prestaron servicios.
Remitir información de prevención de riesgos del trabajo
El empleador o el asegurado remitirá anualmente al Seguro General de Riesgos del Trabajo del IESS, en enero de cada año, índices reactivos en materia de prevención de riesgos de trabajo. Se debe remitir, entre otra, información sobre índice de frecuencias, índices de gravedad, tasa de riesgo.
De igual manera, se deberá remitir anualmente, en enero, un informe sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el que se indicará todo lo realizado.
Recordamos, además, que mensualmente, se deben cumplir con las siguientes obligaciones:
- Declaración Anexo Transaccional Simplificado
- Declaración de retenciones en la fuente Impuesto a la Renta
- La Declaración IVA mensual
- Declaración ICE
- Anexo ICE
- Pago obligaciones IESS
- El Pago de los fondos de reserva
- Pago decimotercera y decimocuarta remuneración en caso de ser mensual.