
Quito inicia el cobro del Impuesto Predial
A partir del 1 de enero de 2026, el Municipio de Quito inicia el cobro del Impuesto Predial, junto con la aplicación de una importante reforma a la Contribución Especial por Mejoras (CEM), orientada a beneficiar a la ciudadanía. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
Quienes realicen el pago del impuesto predial durante los primeros 15 días de enero podrán acceder a un descuento del 10 % por pronto pago, un incentivo que promueve el cumplimiento oportuno de esta obligación tributaria.
Las exoneraciones del impuesto predial aplican a varios grupos específicos. Las personas adultas mayores deben haber cumplido 65 años hasta el 31 de diciembre del año anterior a la solicitud y pueden realizar el trámite en línea, para la exoneración del impuesto del año en curso, o de forma presencial en los Puntos Únicos de Atención de los Balcones de Servicios del Municipio de Quito, cuando se trate de exoneraciones de años anteriores.
De igual manera, las personas con discapacidad y sus cuidadores pueden acceder a este beneficio conforme al artículo 75 de la Ley Orgánica de Discapacidades, el cual se concede para un solo inmueble cuyo avalúo no supere las 500 remuneraciones básicas; si este valor es mayor, la exoneración se aplica de manera proporcional, según el porcentaje de discapacidad. En el caso de los jubilados, no existe exoneración del impuesto predial; sin embargo, sí pueden acceder a la exoneración del 100 % de la tasa de seguridad ciudadana.
Diana Arias, directora Metropolitana tributaria, menciona que “Los ciudadanos de Quito han demostrado siempre su cumplimiento voluntario y oportuno durante el primer mes de cada año. Es importante que se conozca que, por su pago puntual, se tiene como beneficio el descuento por pronto pago que inicia desde el 1 de enero con un 10% y va disminuyendo un punto porcentual hasta llegar al 1% el 30 de junio.”
Reforma de la CEM
La (CEM) es un tributo destinado al financiamiento de obras públicas que permiten mejorar calles, vías, infraestructura y servicios. Aunque se emite y se cobra junto con el impuesto predial, no constituye un recargo adicional, sino un aporte independiente que se aplica cuando una obra genera un beneficio directo para los inmuebles.
Entre las principales reformas, se destaca una distribución más equitativa del cobro, en función del impacto real de las obras. Para ello, se establecen cuatro zonas de influencia: distrital, zonal, parroquial y local, esto permite asignar la contribución de manera más técnica y justa, según el alcance del beneficio generado.
Además, el Municipio amplía el plazo de pago de la CEM local de 10 a 20 años, lo que representa un alivio significativo para los contribuyentes al reducir el valor anual que paga cada predio. Esta medida también se aplicará a obras locales ya ejecutadas, mediante el recálculo de los saldos pendientes.
Las obras priorizadas y ejecutadas mediante Presupuestos Participativos, que estén gravadas con la Contribución Especial de Mejoras (CEM), tendrán un alcance distrital para el pago del tributo, aplicando un enfoque de corrección de inequidades territoriales bajo el principio constitucional de solidaridad. Es importante destacar que solo una parte de las obras será financiada mediante la CEM, reafirmando que los Presupuestos Participativos constituyen el eje central y más emblemático de esta política pública impulsada por el Alcalde Pabel Muñoz.
Es importante precisar que las exoneraciones aplicables al impuesto predial, como las dirigidas a adultos mayores, personas con discapacidad, entidades sin fines de lucro o instituciones públicas, no se aplican en este caso, ya que se trata de un tributo distinto, vinculado exclusivamente al beneficio generado por una obra específica. Este aporte se enmarca en el principio constitucional de solidaridad y será aplicable únicamente a los proyectos ejecutados a partir de 2026.
Estas medidas forman parte de una política tributaria orientada a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía mediante obras que generan beneficios directos y colectivos, por lo que se invita a los contribuyentes a informarse oportunamente sobre los plazos, descuentos y reformas vigentes a través de los canales oficiales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y a cumplir con sus obligaciones tributarias.






