
Qué pasa si comparto una captura de pantalla de una conversación privada
Qué pasa si comparto una captura de pantalla de una conversación privada. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
¿Qué pasa si comparto una captura de pantalla de una conversación privada?
Compartir una captura de pantalla de una conversación privada tiene, en España, unos riesgos y consecuencias legales que conviene tener muy en cuenta. Muchas veces se hace para que un amigo nos dé su opinión sobre la discusión que estamos teniendo con otra persona por WhatsApp, y incluso para reírnos de algún que otro comentario.
Hay que entender, antes que nada, que ser parte activa de una conversación no te da derecho a poder difundirla libremente. Porque sí, esos mensajes son tuyos, pero también de otra persona, y podrías estar atentando contra su privacidad.
No difundas capturas de pantalla
Divulgar sin permiso la captura de una conversación privada puede vulnerar algunos derechos fundamentales, como son el honor, la intimidad personal y familiar o incluso el derecho a la propia imagen. Todos ellos están protegidos por el artículo 18.3 de la Constitución Española.
En el caso de que alguien, siendo partícipe de una conversación, haga una captura de pantalla, no estaría incumpliendo ninguna ley y no es en sí delito penal. Eso sí, la difusión de esa captura sí puede conllevar responsabilidad civil o incluso penal. De hecho, la situación es todavía más grave si quien difunde los pantallazos no participa en la conversación, porque se podría tipificar un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Dicho delito está regulado en el artículo 197 del Código Penal, con penas de prisión de uno a cuatro años, y multas de 12 a 24 meses.
Cuando la captura de pantalla del chat se divulga solo entre los participantes de la conversación, la situación mejora, siempre y cuando el contenido divulgado no afecte al honor o la intimidad de alguno de los interlocutores. Es decir, si mandas una captura en la que se vean datos sensibles de una persona, aunque ella esté en el chat, se considera intromisión legítima. Esto está sancionado por la Ley Orgánica 1/1982 de protección del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen.
¿Cuándo se puede difundir una captura de pantalla de un chat?
Por tanto, en líneas generales, lo que marca la diferencia es quién participa en la conversación y si el contenido puede atentar contra ciertos derechos fundamentales de las personas que aparecen en la captura de pantalla. Según algunos informes jurídicos, si quien participa en el chat es quien difunde la captura, «no se incurre en delito penal». Sin embargo, sí podría tener responsabilidad civil en caso de que se viese vulnerado el derecho al honor del resto de participantes.
El otro elemento clave es el consentimiento. Sin él, cualquier pantallazo que difundas puede tener que enfrentarse a reclamaciones legales por parte del afectado. De hecho, aunque no se cometa un delito penal, publicar la captura en redes sociales también podría llevar a un proceso legal que puede terminar con el pago de indemnizaciones e incluso sanciones administrativas. Esto se aplicaría en el caso de que se incluyan datos personales protegidos por la normativa de protección de datos.
Hazte las siguientes preguntas antes de compartir información privada
- ¿Eres tú también parte de la conversación?
- ¿Tienes el consentimiento de la otra persona? Si la respuesta es negativa, no mandes la captura a nadie.
- ¿El contenido del pantallazo muestra información íntima o sensible que pueda perjudicar la reputación o la privacidad de alguien?
Preguntas frecuentes sobre la difusión de capturas de pantalla
¿Es delito hacer una captura de pantalla de un chat privado?
¿Qué penas puede tener difundir una conversación privada de la que no formo parte?
Si yo estoy en la conversación, ¿puedo compartir una captura?
Aunque no constituye un delito penal si eres participante de la conversación, sí podrías asumir responsabilidad civil si el contenido vulnera el honor o la intimidad de otra persona, lo que podría derivar en reclamaciones económicas.






