¿Puedo circular con el carnet caducado algunos días o no?
Circular con el carnet de conducir caducado está considerado por la Ley de Tráfico y Seguridad Vial una sanción grave y conlleva una multa de 200 euros. Sin embargo, lo más grave que te puede ocurrir no es la multa, sino que tengas un accidente y descubras que tu seguro no se hace cargo de los daños, al igual que sucede cuando circulas bajo los efectos del alcohol o sin tener la ITV en vigor. Ahora bien; según la propia DGT, sí podemos circular por un tiempo máximo con él en estas condiciones. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
El carnet caducado puede jugarte una mala pasada
Tener el permiso de conducir caducado puede suponer imprevistos indeseados, ya que podría haber una sanción administrativa en concepto de multa por conducir con carnet caducado. El mismo, como es lógico, tiene una fecha límite de validez.
Pasado ese periodo, te tocará renovar el permiso y pasar el trámite pertinente. Pero, ¿qué pasa si tengo el carnet de conducir fuera de tiempo? Lo primero que pasa es que, si te pillan, puede conllevar una multa administrativa, es decir, económica.
Con las facilidades que hay en la actualidad para renovar el carnet de conducir, es una pena que no lo hagas en tiempo y forma, arriesgándote a que las autoridades te sancionen por ello. De todas formas, sabemos que los despistes te pueden jugar una mala pasada y que la validez de tu permiso expire sin que te des cuenta.
Tiene dos periodos de vigencia
Es entonces cuando la DGT, a fin de disipar las posibles dudas, ha ratificado que la ley no indica un plazo posterior a la caducidad del carnet de conducir. En este caso debes saber que si conduces con el documento caducado te puedes enfrentar a una multa de 200 euros.
Pero el simple hecho de haber superado la fecha de caducidad no implica sanción si no vas al volante, así que puedes acudir a Tráfico o directamente al centro médico autorizado para realizar el proceso. Como tal, hay que estar atentos al plazo para renovar ese carnet de conducir caducado, y sobre todo, de la fecha de caducidad.
Tal y como explica el organismo vial, el mismo tiene dos períodos de vigencia: si tienes el B, tendrás que renovarlo cada diez años hasta que cumplas los 65; a partir de entonces, su validez se reducirá a cinco años. Para el resto de permisos, la duración es de cinco años hasta los 65: a partir de ese momento pasa a ser de tres años.
A partir de ahí, el plazo para renovar el permiso comienza desde los tres meses anteriores a la fecha de caducidad indicada en el propio documento. Antes será imposible realizar los trámites de renovación.
Mejor no arriesgar y renovarlo antes
Por esto, y como señal inequívoca, debes estar pendiente de su fecha límite de validez y comenzar la renovación con tiempo para no arriesgarte a conducir con el carnet caducado. Basta que te pases un día para que te pillen. Mejor no arriesgar.
Para renovarlo no es necesario hacer ningún examen, ni siquiera si llevas años sin conducir. Solamente hay que acudir a un centro médico autorizado para someterte a las pruebas psicofísicas pertinentes. Además, tendrás que llevar el DNI o pasaporte en vigor, una fotografía y el documento que justifica el pago de las tasas correspondientes.
Existen dos opciones para renovar tu carné de conducir. Puedes hacer las gestiones directamente en la Jefatura Provincial de Tráfico o en un centro médico autorizado. La DGT informa de que el nuevo permiso tarda aproximadamente un mes y medio en llegarte a casa, por lo que, mientras tanto, podrás seguir conduciendo con el permiso provisional que te facilitan cuando efectúas el trámite y que tiene una vigencia de tres meses.