¿Pueden desalojarme si no he pagado el arriendo?
Pueden desalojarme si no he pagado el arriendo. Las relaciones entre inquilinos y propietarios de viviendas están normadas por dos leyes: la de Inquilinato y la Ley Humanitaria. Esta última modifica los procedimientos establecidos en la primera, pero solo durante el tiempo de pandemia.
Por ejemplo, el artículo 4 dice que durante la vigencia del estado de excepción se suspenderá la posibilidad de desahucios.
Significa que los arrendatarios que se encuentren impagos no podían ser desalojados mientras regía el toque de queda y el decreto de excepción, pueden desalojarme si no he pagado.
¿Y después del estado de excepción ya pueden ser desalojados los inquilinos?
El artículo 4, de la Ley Humanitaria, indica que los inquilinos no pueden ser desahuciados hasta 60 días después de concluido el estado de excepción.
¿Cómo se activa el desahucio?
La primera vía es el diálogo. El arrendatario debe solicitar que los inquilinos desocupen el bien.
Si el acercamiento no surte efecto y el inquilino se niega a abandonar el inmueble, los propietarios pueden presentar una demanda de desahucio, es decir, el desalojo por orden judicial.
Entonces se pone en marcha un mecanismo por el cual el juez citará a las partes a un juicio verbal. Este trámite se debe realizar en el Juzgado de Inquilinato.
¿En qué casos el dueño de casa puede pedir que el inquilino desocupe?
Cuando no ha pagado el arriendo más de un mes. Cuando se quedó en la vivienda después de haber vencido el contrato de alquiler. Y cuando el inquilino violó algún término del contrato de alquiler.
Por ejemplo, si la vivienda era alquilada para vivir allí, pero usted la convierte en local comercial.
¿Cuál es el plazo para entregar una vivienda?
La Ley de Inquilinato dice que el arrendatario debe ser notificado con tres meses de anticipación de que no se le renovará el contrato o que este se terminará.
¿Qué pasa si quiero irme de la vivienda antes de que finalice el contrato?
Tiene que comunicar con tres meses de antelación al dueño de casa y cumplir las cláusulas que hayan estimado. Por ejemplo, hay personas que en la firma del contrato concuerdan pagar una multa si se van antes del año.
¿Qué pasa si no aviso tres meses antes?
La ley dice que el arrendatario debe pagar una indemnización equivalente a tres meses. Es decir, si no avisa y se va debe pagar por el inmueble durante los próximos tres meses.
¿Qué pasa si no tiene un contrato de arrendamiento?
Si no tiene un contrato escrito, pero hay un contrato verbal, tiene las facturas, transferencias o comprobantes de los pagos de arriendo puede presentar una denuncia ante los juzgados de inquilinato o multicompetentes de su cantón.
¿Cuáles son los derechos de los inquilinos?
Recibir el inmueble por parte del arrendador, en la fecha y en el estado acordado en el contrato. Disfrutar de la propiedad con el acceso a los servicios públicos y otros relacionados al inmueble.
¿Cuáles son las obligaciones del arrendador?
Entregar un bien con los servicios higiénicos completos, uno para cada piso. Asegurarse que la casa o vivienda tenga ventilación y luz suficientes para las habitaciones. Disponer, permanentemente, de los servicios de agua potable y de luz eléctrica, en los sectores urbanos donde existen estos servicios. No ofrecer una casa que esté en deterioro.
¿Puede el dueño de casa cortar la luz o el agua para sacarme de la vivienda?
Por ninguna razón, el propietario de la vivienda puede cortar estos servicios. El arrendatario puede presentar una demanda en el Juzgado de Inquilinato e incluso abrir un juicios penal por daños y perjuicios.
¿Qué pasa si el dueño de casa se mete a mi vivienda?
“El dueño de casa no puede entrar cuando él quiera al departamento, excepto cuando el propio inquilino lo permita», explica la Ley. De acuerdo con la norma, la persona afectada puede plantear un juicio penal por el allanamiento del domicilio.