Proyección de gastos personales tiene un límite: USD 5 007
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La proyección de gastos personales tiene un límite: USD 5 007 anuales
Los contribuyentes que laboren bajo relación de dependencia y tengan ingresos anuales superiores a USD 11 310 deben presentar el formulario de proyección de gastos personales hasta el 31 de este mes. Este trámite se hace para el cálculo del impuesto a la renta (IR).
Aunque la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, vigente desde el pasado 29 de noviembre, eliminó de deducción de gastos personales como se la conocía hasta el año pasado, este formulario es necesario para una rebaja en el tributo.
Los contribuyentes pueden hacer la proyección de gastos para 2022 en cinco rubros: vivienda, salud, alimentación, vestimenta y turismo y educación. En este último entran arte y cultura.
En el rubro de salud se incluye lo pagado por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, debidamente calificadas e identificadas, señala el reglamento para aplicación de la ley, publicado el pasado 29 de diciembre.
Con la nueva normativa, el límite total de gastos personales es equivalente al valor de siete canastas familiares básicas al año.
Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), hasta noviembre pasado, la canasta básica estuvo en USD 715,31. Al multiplicar por siete da USD 5 007,17. De este monto se puede descontar el 10% o 20% del IR, dependiendo de cada caso.
Javier Bustos, experto en temas tributarios, explicó que con la nueva Ley el contribuyente puede distribuir de la forma que estime conveniente los gastos personales. Es decir, puede llegar al límite de USD 5 000 en un solo rubro, ya no se debe fraccionar el valor obligatoriamente como ocurría en el sistema anterior.
Todos estos gastos deben estar debidamente sustentados en comprobantes de venta o facturas, documentos que deben conservarse durante siete años.
Los contribuyentes que registren ingresos anuales inferiores a USD 24 090,3, es decir 2,13 veces la fracción básica exenta que define el Servicio de Rentas Internas (USD 11 310), tendrán derecho a descontar hasta USD 1 001,4, que equivale al 20% del límite de gastos personales.
Si una persona tiene ingresos anuales superiores a 2,13 veces la fracción básica (USD 24 090,3), entonces podrá descontar USD 500,7, que equivale el 10%.
Este valor se rebajará del impuesto a la renta a pagar. El resultado obtenido se divide para 12 y este es el monto que debe retener el empleador por el tributo.
Los gastos personales incluyen todo lo realizado por padres, cónyuge o pareja de unión de hecho, al igual que los realizados por hijos dependientes, siempre que no perciban ingresos.
El Servicio de Rentas Internas señaló que el formulario para este trámite será similar al de años anteriores, salvo por el cambio en los límites anuales por concepto de gastos personales.
Los contribuyentes pueden presentar una actualización de la proyección de gastos personales en julio o agosto de este año. También podrá hacerlo en cualquier mes del año, en el caso de existir un incremento en el sueldo o salario, o cuando los gastos personales proyectados previamente sean superiores a los que se estime realizar, señaló la Administración Tributaria.
Para el caso de los contribuyentes domiciliados en Galápagos, el valor de la canasta familiar básica se ajusta según el Índice de Precios al Consumidor Espacial de Galápagos (IPCEG).
Las personas que ganen más de USD 2 000 mensuales tendrán un incremento en el IR. Según el Gobierno, el 3,4% de la población sentirá el alza del tributo. Con este cambio, espera recaudar USD 460 millones anuales.
Deducibles Educación.
Aquí se incluyen los gastos en arte y cultura. Matrícula y pensión en el sistema educativo, colegiatura, cursos de actualización, seminarios, útiles y textos escolares; materiales didácticos; servicios de educación especial, uniformes; entre otros.
Turismo nacional.
Los pagos realizados en establecimientos registrados y con licencia única anual de funcionamiento.
Pensiones alimenticias.
Los montos fijados en acta de mediación o resolución judicial podrán ser considerados como gastos personales en cualquiera de los rubros antes mencionados.
Fechas.
El contribuyente debe presentar obligatoriamente el formulario de gastos personales hasta el 31 de enero.