Instrucción de 30 días contra procesado por terrorismo abrió la Fiscalía

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Podría ser sancionado con prisión de 10 a 13 años, según establece el Código Integral Penal.

Punto Noticias. Por el delito de terrorismo, la Fiscalía abrió una instrucción fiscal de treinta días contra Oswaldo L. P., quien quedó en prisión preventiva. El 27 de agosto pasado, el procesado ingresó a las instalaciones de la Agencia Metropolitana de Tránsito de Quito (AMT), armado con una supuesta bomba y amenazó con hacerla explotar.

Tomó como rehén a una funcionaria de la AMT, intimidándola con un cuchillo y colocando el artefacto presuntamente explosivo en su cuello.

Exigió que se cumplieran varias peticiones que tenía anotadas en un papel, entre estas la presencia del presidente de la República, de forma virtual, y de otras personas más, así como de los medios de comunicación.

En un descuido, mientras la Policía especializada intentaba negociar con él, los agentes lo desarmaron y aprehendieron.

Esta versión fue entregada por la Fiscalía en la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, instalada la tarde del 28 de agosto ante el juez de Flagrancia Harry Navarrete.

Para sustentar estos hechos, Fiscalía presentó al juez el parte policial, el informe de cadena de custodia, el certificado medicolegal del aprehendido, la denuncia y reconocimiento de esta por parte de la rehén, el informe de la evaluación psicológica practicada a la víctima, la versión del director de la AMT, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, los indicios y las versiones de los agentes aprehensores.

Información jurídica

El delito de terrorismo está tipificado en el artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona con privación de libertad de diez a trece años, a la persona que “individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos (…)”.

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