Permiso de Paternidad en Ecuador
En nuestro medio se habla bastante de la licencia que tienen las madres cuando dan a luz a sus hijos, pero muy poco se sabe sobre el permiso de paternidad: un derecho ciudadano respaldado en el Código de Trabajo desde el año 2009.
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A continuación trataré de cubrir el tema por completo, desde cuántos días de permiso remunerado tiene el padre y los casos especiales que pueden suscitarse.
Índice
1. ¿Cuánto dura el permiso de paternidad en Ecuador?
1.1. Casos Especiales
2. Extensión de la licencia por paternidad
2.1. Mientras el padre se acoja a la licencia no remunerada:
¿Cuánto dura el permiso de paternidad en Ecuador?
En Ecuador, el permiso de paternidad obligatorio dura 10 días si el parto es normal, o 15 días en caso de nacimientos múltiples (gemelos, mellizos, trillizos, etc.) o parto por cesárea.
Es decir que el padre, ya sea trabajador público o privado, tiene entre 10 a 15 días libres del trabajo para hacerse cargo de lo relacionado al nacimiento de sus hijos. Y esos días son totalmente remunerados.
Casos Especiales
También existen casos especiales sustentados en el Artículo 152 del Código del Trabajo, donde la licencia puede prolongarse:
Por nacimiento prematuro o que requiera de cuidado especial:
- La licencia por paternidad se extiende ocho días más.
Si nace con una enfermedad degenerativa, terminal/irreversible o con un grado de discapacidad severa:
- El permiso con remuneración se extiende 25 días más. Esto debe justificarse con un certificado médico otorgado por un facultativo del IESS o por otro profesional.
En caso de fallecimiento de la madre durante el parto:
- El padre podrá hacer uso de la totalidad o de la parte que reste del período de licencia que le hubiere correspondido a la madre si no hubiese fallecido (en la madre la licencia es de 12 semanas).
Si el hijo es adoptado:
- La licencia remunerada es de 15 días. Esta inicia a partir de la fecha en que el hijo fue legalmente entregado.
El permiso de paternidad ecuatoriano es uno de los de mayor duración en la región. Pero aún se aleja de lo que se practica en muchos países de Europa donde dura más de 50 días.
Extensión de la licencia por paternidad
Cuando el permiso de paternidad remunerado haya culminado, el padre podrá solicitar una extensión de la licencia. Esto se hará por UNA SOLA ocasión y será SIN REMUNERACIÓN, según el Acuerdo 0158.
Esta extensión, que es opcional y voluntaria, puede llegar hasta los nueve meses y debe ser solicitada con al menos 15 días de anticipación siempre y cuando esté en vigencia la licencia.
La solicitud de extensión del permiso de paternidad deberá ser presentado al empleador adjuntando el certificado de que el niño nació vivo, su partida de nacimiento, e indicando por cuánto tiempo tomará el permiso.
El certificado de inscripción (nacimiento) se lo obtiene en el Registro Civil. El certificado de nacido vivo lo entregan los hospitales públicos o privados. Todos estos documentos son totalmente gratuitos.
Por otro lado, cuando el padre vaya a regresar a trabajar luego de esta extensión, también deberá notificar su retorno con 15 días de anticipación.
Mientras el padre se acoja a la licencia no remunerada:
- No estará afiliado bajo relación de dependencia (aunque se garantiza su atención de salud).
- Puede afiliarse de forma voluntaria durante el permiso.
- Podrá acceder a los fondos de cesantía para subsistir (lo recibirá a los 61 días de hecha la solicitud).
- El empleador deberá pagar sus utilidades, fondos de reserva y los décimos (éstos sólo por el tiempo laborado).
- El empleador deberá notificar al IESS que el empleado se acogerá a la licencia para evitar multas.
El empleado no puede ser despedido durante la licencia sin remuneración. De ocurrir será considerado ‘despido ineficaz’.