El Servicio de Rentas Internas (SRI) señaló que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 15% se mantendrá vigente en 2026.
El panorama fiscal de Ecuador para el año 2026 presenta desafíos y ajustes técnicos significativos. Según la Proforma Presupuestaria aprobada, el Gobierno Nacional se ha fijado la ambiciosa meta de recaudar USD 17.557,89 millones, lo que representa un incremento del 6% en comparación con los USD 16.538 millones previstos para 2025.
Para lograr esa meta de recaudación, en 2026 habrá un aumento en la tarifa del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), un tributo que grava a ciertos bienes (nacionales o importados) y servicios, detallados en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
De acuerdo con la normativa (Resolución NAC-DGERCGC25-00000040) del Servicio de Rentas Internas, estos valores se ajustan anualmente de forma acumulativa según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que, a noviembre de 2025, se fijo en en 1,053%.
A continuación, se presenta la comparativa detallada de las tarifas entre ambos periodos fiscales, en donde destaca un aumento en la tarifa de las bebidas alcohólicas y la cerveza artesanal e industrial.
En tanto, los cigarrillos, las fundas plásticas y las bebidas no alcohólicas (gaseosas) se mantendrán con la misma tarifa del ICE:
| Descripción del Producto | Tarifa Específica 2025 | Tarifa Específica 2026 | Variación (%) |
|---|---|---|---|
| Cigarrillos (por unidad) | USD 0,16 | USD 0,16 | 0% |
| Alcohol y bebidas alcohólicas (por litro de alcohol puro) | USD 10,30 | USD 10,41 | +1,07% |
| Cerveza Artesanal (por litro de alcohol puro) | USD 1,54 | USD 1,56 | +1,30% |
| Cerveza Industrial (por litro de alcohol puro) | USD 13,48 | USD 13,62 | +1,04% |
| Bebidas no alcohólicas/gaseosas (por 100g de azúcar)** | USD 0,18 | USD 0,18 | 0% |
| Fundas plásticas (por unidad) | USD 0,08 | USD 0,08 | 0% |
Además de las tarifas fijas, el SRI ajustó a USD 4,72 el precio de venta del fabricante o ex aduana en bebidas alcohólicas, un incremento frente a los USD 4,67 que regía en 2025.
Para el sector de perfumes y aguas de tocador en venta directa, se establecieron incrementos que van desde el 150% hasta el 300% sobre los costos de producción para determinar su base imponible.
El IVA al 15%
El IVA al 15%, que inicialmente fue una medida para financiar el conflicto armado interno y adoptada desde 2024, se mantendrá vigente en 2026.
Al no existir un decreto presidencial que lo modifique al cierre de 2025, la ley estipula la supervivencia de la tarifa del 15%, aunque el mandatario conserva la potestad de ajustarla entre el 13% y el 15%.
En cuanto al Impuesto a la Renta, se actualizaron las tablas basándose en la inflación, elevando los umbrales de contribución para aliviar ligeramente la carga en los rangos inferiores:
- Personas Naturales: Empezarán a pagar el impuesto quienes tengan ingresos anuales superiores a USD 12.208.
- Herencias y Legados: El monto exento para herencias, donaciones y hallazgos sube a USD 78.527.
Incentivos para la producción nacional
Un punto clave para 2026 es el mantenimiento del cupo de exención del ICE para marcas nuevas de bebidas alcohólicas y cerveza. Este beneficio busca fomentar el uso de insumos locales: si una marca nueva utiliza entre el 99,01% y el 100% de ingredientes nacionales, podrá recibir una exención del 5% sobre el ICE calculado.







