Pensión alimenticia para padres de la tercera edad
Pensión alimenticia tercera edad. Pensión alimenticia para padres de la tercera edad. Las personas de la tercera edad tiene el derecho a una pensión de alimentos por parte de su hijos hasta nietos, la ley protege a los adultos mayores y obliga a que sus familiares lo cuiden. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
El MIES (Ministerio de Inclusión Económica y Social) publicó la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas de las personas adultas mayores, como un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia y/o de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios.
La tabla permitirá que los padres, abuelitos(personas de la tercera edad) que viven en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad tengan un envejecimiento digno y que sus familiares sean responsables de su cuidado y felicidad.
Pensión para adultos mayores.
La familia es el principal responsable del cuidado, amor y manutención de las personas de la tercera edad ya sean padres o abuelitos.
La Ley obliga a que los hijos proporcionen los alimentos y cuidados a sus padres de la tercera edad.
Personas que deben pagar la pensión alimenticia.
En primera instancia son los hijos, hijas hasta nietos los que deben entregar la pensión alimenticia a la persona adulta mayor.
Sin embargo, el juez puede ampliar este derecho hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Listado de personas que pueden dar cobertura de pensión:
- Hijos o hijas
- Nietos
- Sobrinos
Tabla de pensiones alimenticias para personas de la tercera edad.
La tabla esta formada por 6 niveles, cada nivel contiene el porcentaje que debe pagar el alimentante en función de los ingresos y al número de personas de la tercera edad.
Cálculo de pensión para la persona de la tercera edad.
Si la persona alimentante tiene ingresos o sueldo de $800
Por ejemplo, si el alimentante gana USD 830 tiene que pagar el 29.26% que son $234.08 USD, si el adulto mayor tiene una discapacidad grave, adicional debe pagar el 12.85% que son $102.80 USD
¿Cómo hacer el cálculo?
- Identifique de acuerdo al salario del hijo/a o nietos en la fila de la tabla. En el caso de ejemplo esta en la fila 4.
- Multiplique el salario por el porcentaje de la fila identificada en el paso 1, luego divida para 100. El valor que obtiene es en dólares que debe reclamar.
- Si tiene discapacidad, múltiple que el salario por uno de los porcentajes de las columnas muy grave, grave o moderada, luego divida para 100. El valor adicional que obtiene es en dólares que debe reclamar.
Demanda de pensión alimenticia para adultos mayores.
Para presentar la demanda no requiere de un abogado, basta con llenar el formulario del Consejo de la Judicatura, a dicho formulario acompañar la copia de la cédula del adulto mayor y partida de nacimiento de los hijos a quienes reclama la pensión.
Asesoría legal gratuita para adultos mayores.
Las universidades ecuatorianas cuentan con consultorios jurídicos gratuitos, los mismos proporcionarán la asesoría necesaria para que el adulto mayor pueda demandar el pago de la pensión a sus familiares.
Base legal.
- Art. 27 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores
- El Art. 69, 83 de la Constitución de la República del Ecuador
- Art. 349, 358, 359, 360 y 361 del Código Civil