Operación retorno: las increíbles multas por llevar estos objetos en el coche
Las vacaciones están a punto de terminar para muchos, y con ello la operación retorno. Con la entrada en septiembre llega la hora de volver al trabajo y al colegio. Los últimos días de agosto suelen ir acompañados de grandes desplazamientos por carretera, en los que atascos y accidentes están a la orden del día, además de los cambios bruscos de meteorología. Pero, ¿sabías que en esta misma vuelta nos pueden multar por llevar algunos objetos en el coche? Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Esta operación retorno es especialmente sensible
Todas las vacaciones la escena se repite: por alguna razón, casi siempre hay más maletas, bolsas y bultos en el viaje de vuelta que en el de ida. Y lo habitual es que ese equipaje entre en el coche al precio que sea y sin apenas planificación.
De esta manera, por poner dos ejemplos, la sombrilla acaba entre los pies de los pasajeros de las plazas traseras y el paquete con los suvenires sobre las rodillas del copiloto. Esto no es algo que esté exento de sanción, pues si nos para un agente de la Guardia Civil de Tráfico, y más en esta operación retorno, la multa está asegurada.
Es ahí cuando decimos que todo aquel que coja el coche en esta época, ya sea para desplazarse en carretera a su destino vacacional, para ir y volver del trabajo o por cualquier otro motivo debe saber que existen ciertas medidas que no podemos ignorar. En caso de pasarlas por alto nos exponemos a multas por parte de la DGT que podrían agriarnos más de la cuenta.
Las sanciones son cuantiosas
Por esto, no cumplir con las normas que regulan la carga en los vehículos supone arriesgarse a que nos pongan una multa. Las más habituales son las relacionadas con una mala colocación o portar los objetos que transportamos dentro del coche.
Con todo, y más a la hora de realizar viajes con equipaje como los de esta operación retorno, la Dirección General de Tráfico (DGT) advierte del llamado ‘efecto elefante‘ que puede provocar graves lesiones en caso de accidente. Este no solo tiene consecuencias físicas en los conductores, sino que también puede conllevar una sanción económica: hablamos de 200 euros de multa. El motivo no es otro que porque los objetos sueltos dentro del coche suponen un peligro tanto para los conductores, como para los pasajeros y para el resto de usuarios de las vías.
Tumbonas, sombrillas y otros objetos sueltos
Es así que la DGT sanciona con una fuerte multa el transportar en el coche tumbonas, sombrillas o cualquier tipo de objeto habitual de las playas, si pone en riesgo la seguridad. Esta infracción está reflejada en el artículo 14 del Reglamento General de Circulación.
Como se explica, la carga transportada en un vehículo no debe arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa». En ese mismo apartado se especifica que la carga no puede «comprometer la estabilidad del vehículo» o puede suponer una multa de 200 euros.
A estos efectos, se deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros. El motivo no es otro que para tener la mayor sujeción. Si eso no ocurre, como por ejemplo que se caiga el cubo de la playa por la ventanilla, la multa de la DGT ascendería hasta los 500 euros.