Oficializan nueva Ley de Instituciones del Sector Bancario
Hoy se dicta el decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicada en la Gaceta Extraordinaria N° 6.154 según el Decreto Presidencial N° 1.402.
El mismo establece que el objetivo principal de la ley “consiste en garantizar el funcionamiento de un sistema bancario sólido, transparente, confiable y sustentable, que contribuya al desarrollo económico-social nacional, que proteja el derecho de la población venezolana a disfrutar de los servicios bancarios y que establezca los canales de participación ciudadana, en el marco de la cooperación de las instituciones bancarias y en observancia a los procesos de transformación socioeconómicos que promueve el país”.
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario será el ente encargo de regular el sector y de autorizar o no las operaciones de cualquier persona natural o jurídica.
La ley dicta que las personas naturales que participen en cualquier acto de las instituciones del sector bancario que conduzca a la oferta engañosa serán penados con prisión de 8 a 10 años.
Con información de Finanzas Digital