Nueva multa para los coches sin etiqueta que entren a Madrid
Nueva multa para los coches sin etiqueta que entren a Madrid. La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS), aprobada por la Junta de Gobierno de Madrid el pasado mes de septiembre, entró en vigor este 1 de mayo. Una normativa que es clara: ningún coche que entre a Madrid por medio del anillo de la M-30 podrá hacerlo si no porta una etiqueta medioambiental, por medio de la cual se pretende reducir el alto porcentaje de contaminación de la capital. Aunque hay excepciones, si lo hacemos corremos riesgo de multa. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Nuevas restricciones para los coches sin etiqueta en Madrid
Con la aprobación de la ordenanza de movilidad sostenible, de la que ya se aprobó en enero, un coche sin la etiqueta medioambiental de la DGT no puede acceder a Madrid por medio del interior del anillo de la M-30 y circular por las vías urbanas. Una prohibición de la que afecta en muchos sentidos, sobre todo a los distrititos de Centro, Arganzuela, Salamanca, Retiro, Chamartín, Tetuán, Chamberí y algunas zonas de Moncloa-Aravaca.
El área de bajas emisiones entró en vigor el 1 de enero, con dos meses informativos que se prorrogaron para ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos debido a los últimos ajustes realizados en el sistema de cámaras que impondrá las sanciones. Así, desde principios de año hasta el 9 de abril, el ayuntamiento ha remitido cartas informativas a los infractores, explicando la norma que han incumplido, la fecha de efectividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.
Se trata del siguiente nivel del plan Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE), donde se limita progresivamente el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes en todo el término municipal para lograr una mejora de la calidad del aire en la ciudad. Asimismo, y según la ordenanza, la entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones constituye una infracción grave.
Qué coches son afectados
O lo que es lo mismo, todos los vehículos sin etiqueta que no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, tienen prohibido circular por el interior de la autopista que rodea el centro de la ciudad de Madrid. En definitiva, estas limitaciones afectan a todos los modelos procedentes del resto de la Comunidad e incluso a los que lleguen de otros municipios de España.
¿Qué coches carecen de etiqueta medioambiental? Como norma general, todos los de etiqueta A. Esto es, coches de gasolina matriculados antes del año 2000 (anteriores a la normativa Euro 3) y coches diésel anteriores al año 2006 (anteriores a la normativa Euro 4).
Hay que tener en cuenta que esto se aplica a todos los coches que no estuvieran empadronados en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de este 2022, por lo que no se tendrá en cuenta a aquellos que hayan cambiado posteriormente su domiciliación. Por lo tanto, y para la tranquilidad de los madrileños, los que tengan un coche dentro de este grupo podrán estar, por el momento, tranquilos.
¿Y qué hay del resto de vehículos? De momento, a partir de mayo, no serán multados ya que, como señala el Ayuntamiento hasta el 31 de diciembre de 2024 únicamente se aplicará a los coches quedando fuera hasta dicha fecha todos los vehículos que no sean turismos: camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores sin etiqueta.
Se sancionará bajo multa de 200 euros
¿Y cuál es la cuantía de las multas? Dado que las sanciones comienzan en mayo, con la nueva Ley de Tráfico ya en vigor desde finales de marzo, la multa será ahora de 200 euros, 100 si es por pronto pago (antes de esta entrada era de 90 euros).
Regulada en el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible con el objetivo de proteger la salud y el medio ambiente urbano en toda la ciudad, esta norma se contempla con la restricción progresiva y por anillos de zonas de circulación. Dentro del plan previsto por el Ayuntamiento de Madrid se establece un calendario con cuatro fechas clave para los vehículos que puedan ser más contaminantes:
- Desde el 1 de enero de 2022. Queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, salvo la M-30. Finalmente, las sanciones de este primer corte empiezan a hacerse efectivas el 1 de mayo.
- El 1 de enero de 2023. Prohibido su acceso y circulación también por la M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024. Estará prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
- Desde el 1 de enero de 2025. Extendida a los turismos con etiqueta A, a los domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Motora del propio ayuntamiento. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por Madrid los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.