Nueva reforma al Código Monetario

Nueva ley establece condonación de deudas de hasta 10 000 dólares en la banca pública

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Así funciona la condonación de deudas en la banca pública de Ecuador, tras las reformas la Ley del Código Orgánico Monetario.

La Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero, vigente desde el 13 de octubre de 2025, incorpora una medida concreta para la condonación de deudas en la banca pública.

 

Condonación de deudas de hasta 10 000 dólares en la banca pública en Ecuador

El artículo 207.1 de la norma permite que las entidades financieras públicas, y también aquellas en proceso de liquidación, puedan aplicar condonaciones parciales o totales sobre obligaciones crediticias consideradas de difícil recuperación.

Según la norma, el beneficio alcanza a operaciones clasificadas desde la categoría “D” (de dudoso recaudo) en adelante y solo si los montos pendientes no superan los 10 000 dólares. El valor incluye capital, intereses, multas, recargos, comisiones y costas procesales.

 

En manos del Ejecutivo

La ley determina que la aplicación de esta condonación también dependerá de las disposiciones que emita el Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo.

Ese decreto establecerá los criterios de elegibilidad, priorización y control, así como los parámetros para su implementación.

La condonación se aplicará con un enfoque de apoyo a sectores vulnerables o prioritarios y bajo un esquema gradual, que priorizará a los beneficiarios según su situación socioeconómica.

 

Alcance y propósito

La medida está dirigida a deudores del sistema financiero público, como quienes mantienen créditos con BanEcuador, Corporación Financiera Nacional (CFN), Banco del Pacífico o entidades en liquidación.

Su alcance es limitado y focalizado: se aplica únicamente a créditos catalogados como incobrables o de dudoso recaudo, y busca ofrecer un alivio real a pequeños productores, emprendedores y familias con obligaciones de bajo monto.

El texto no amplía el beneficio a la banca privada ni a deudas mayores, y establece que todo proceso deberá sujetarse al Decreto Ejecutivo correspondiente.

Reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero

La Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero está vigente desde el 14 de octubre de 2025. Entre los principales cambios, refuerza la autonomía técnica y operativa del Banco Central del Ecuador, redefine la supervisión de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y establece que los bancos públicos con participación estatal mayoritaria ya no estarán bajo el control de la Contraloría General del Estado, siempre que no administren recursos del Presupuesto General. La supervisión de estas entidades pasa a depender exclusivamente de la Superintendencia de Bancos.

La norma también autoriza la transformación de cooperativas de ahorro y crédito en bancos privados nacionales y actualiza las reglas de funcionamiento del sistema financiero, popular y solidario.

Además, impulsa la digitalización de servicios financieros, la regulación de activos digitales y la transparencia en la gestión de reservas.

 

Cambios positivos en la nueva ley

Marco Rodríguez, director Ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca) considera que la nueva norma incorpora cambios positivos para el fortalecimiento del sistema financiero.

La unificación de las Juntas, la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera, es una decisión acertada, ya que mejora la gobernanza y la coordinación entre el ente regulador y los entes de supervisión del sistema financiero. “Esto permitirá contar con mecanismos que faciliten una toma de decisiones más técnica, coherente y ágil”, señaló.

En cuanto a las competencias de la Superintendencia de Bancos, se han establecido cambios orientados a fortalecer su marco de supervisión, lo cual se traduce en una mejor gestión de sus atribuciones y, en consecuencia, en un sistema financiero más sólido y estable, agregó.