
Multas por mala conducta en el Trolebús y Ecovía
Estas son las multas que deben pagar los ciudadanos que utilizan el Trolebús y la Ecovía por realizar daños en las unidades de transporte. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
La Empresa de Pasajeros en conjunto con la Comisión de Movilidad de la ciudad Quito anunciaron una nueva ordenanza que contiene normas de convivencia, derechos, obligaciones y prohibiciones que deben saber y cumplir las personas que utilizan el Trole y Ecovía.
Las multas y sanciones se aplican según el tipo de infracción que puede ser: Leve, Grave o Muy Grave.
Infracciones por mal comportamiento
Se considera infracción LEVE cuando el pasajero:
– No respeta la fila
– Consume alimentos no permitidos
– Se apoya en las puertas de las unidades
– Realiza proselitismo político o religioso
– Ingresa con mascotas sin correa
– No recoge los desechos de los animales
SANCIÓN: Cualquiera de estas faltas se castiga con el 10% del SBU.
Se considera infracción GRAVE cuando el pasajero:
– Se sienta en lugares no permitidos
– Fuma, vapea o consume drogas
– Consume bebidas alcohólicas dentro de la unidad
– Arroja basura
– Agrede verbalmente al personal de control
SANCIÓN: Cualquiera de estas faltas se castiga con el 25% del SBU.
Se considera infracción MUY GRAVE cuando el pasajero:
– Daña, raya o ensucia la infraestructura de la unidad
– Ingresa a la estaciones o paradas sin pagar
– Agrede físicamente al personal
– Activa sin justificación los botones de emergencia
– Utiliza el espacio para publicidad sin permiso
– Comete actos de acoso, violencia o discriminación
SANCIÓN: Cualquiera de estas faltas se castiga con el 50% del SBU.
¿Quién controla estas infracciones?
La Empresa de Pasajeros realiza los controles con operativos constantes que buscan garantizar el orden y el respeto dentro de las unidades de transporte (Trolebús y Ecovía).
La AMC (Agencia Metropolitana de Control) se encargará de ejecutar las sanciones a los infractores, ya sean económicas o con trabajo comunitario.
IMPORTANTE
Los ciudadanos que no puedan pagar la multa económica, podrán reemplazar los valores por trabajo comunitario, la ordenanza establece que cada hora de trabajo comunitario equivale al 2.5% del SBU.






