Los adultos mayores no necesitan salvoconducto para conducir en Quito; ¿qué pasa con sus acompañantes?
Los adultos mayores no necesitan salvoconducto. Las restricciones de movilidad en Quito no aplican para las personas de la tercera edad, es decir mayores de 65 años. Ellos pueden manejar cualquier día sin regirse al último dígito de la placa, como deben hacerlo el resto de los conductores de transporte privado.
Pero, ¿qué pasa con los acompañantes?, ¿ellos necesitan un salvoconducto? Según el Instructivo para Emisión de Salvoconductos, publicado el 24 de septiembre pasado por la Secretaría de Movilidad, el salvoconducto es para el vehículo. Consta el nombre de la persona que maneja, pero el documento se emite únicamente para permitir la movilización del automotor. Los adultos mayores no necesitan salvoconducto
El artículo 7 de la Resolución 060, firmado por el alcalde Jorge Yunda, también señala que el mal uso de un salvoconducto debe ser sancionado de dos formas: la retención del vehículo y una multa para la persona que conduzca. Ninguna de las dos normas impone sanciones para los pasajeros. Ni se menciona que los ocupantes necesiten un documento para circular.
Para el jurista Giorgio Landeta, cuando existía el estado de excepción, que estuvo vigente desde marzo hasta el 13 de septiembre, sí se necesitaban salvoconductos para los pasajeros que circulaban dentro de los horarios de toque de queda. “Levantado el estado de excepción, las personas tienen la libertad de movilizarse a la hora que quieran. En el caso de las personas de la tercera edad, ellas son responsables del uso vehículo y de ninguna manera la responsabilidad recae en los demás ocupantes”.
¿Quiénes están exentos del salvoconducto y pueden circular todos los días?
- Autoridades gubernamentales
- Servidores de la salud pública y privada
- Funcionarios de seguridad
- Personal de vigilancia y seguridad pública
- Funcionarios públicos y personal privado que realizan actividades técnico-operativas de sectores estratégicos
- Servidores de la Función Judicial, Corte Constitucional, Contraloría General del Estado
- Servicios de courier
- Los servicio de delivery
- Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES, Ayuda Humanitaria y Ministerio de Educación)
- Personas con discapacidad y/o adultos mayores
- Emergencia, seguridad pública, privada y asistencia social
- Transporte público
- De Transporte comercial