Licencias o permisos laborales para el trabajador
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A continuación te resumiremos los tipos de permisos laborales que hay en Ecuador y las licencias sin sueldo a las que tienen derecho los trabajadores.
Las licencias de trabajo son un derecho laboral amparados por el Código de Trabajo en los artículos 45, 135, 152 y 67; y por la Ley Orgánica de Servicio Públcio (Losep) desde el artículo 26 al 34.
Índice
1. Tipos de permisos laborales en Ecuador
2. Licencias sin sueldo en Ecuador
1. Tipos de permisos laborales en Ecuador
Entre las licencias laborales a los que el trabajador ecuatoriano tiene derecho encontramos las siguientes:
Permiso de trabajo | Descripción | Tiempo |
---|---|---|
Ejercicio al sufragio | 4 horas | |
Fallecimiento durante el parto | Fallecimiento de cónyuge o conviviente en unión de hecho | Totalidad o parte del periodo de licencia de la madre |
Calamidad doméstica | Fallecimiento, accidente o enfermedad grave del cónyuge o conviviente en unión de hecho, de padre, madre o hijos | Hasta por 8 días |
Fallecimiento de parientes de segundo grado de consanguinidad (suegros, yerno o nuera, hermanos, abuelos, nietos, cuñados). | 3 días | |
Enfermedad | Reposo médico del trabajador | Indeterminado |
Por hospitalizacion de un hijo o con patologías degenerativas | 25 días anuales | |
Imposibilidad física o psicológica para realizar labores | hasta por 3 meses | |
Enfermedad catastrófica o accidente grave | hasta por 6 meses | |
Maternidad | Nacimiento de hijo | 12 semanas |
Parto múltiple | 10 días adicional | |
Hijo con discapacidad /enfermedades congénitas graves | 3 meses adicional | |
Paternidad | Nacimiento hijo parto normal | 10 días |
Parto múltiple o cesárea | 15 días | |
Hijos prematuros o de cuidado especial | 8 días adicional | |
Adopción | Desde la fecha que el niño fuere entregado | 15 días |
Matrimonio | 3 días | |
Beca para estudios en el extranjero | Revisar requisitos en el Art. 42, No. 27 | Hasta por un año |
Otras licencias | Atenciones médicas en el Seguo Social | Hasta por 2 horas |
Requerimientos o notificaciones judiciales | Tiempo necesario | |
Desempeño de comisiones de la asociación a que pertenezcan | Previo aviso |
Casi todas las licencias de trabajo en Ecuador son remuneradas (a excepción de las que mencionaremos más adelante).
Existen permisos laborales que el empleador no puede negarse a dar, mientras que hay otros que no los ampara la ley y en las que se debe llegar a un acuerdo entre empresa – trabajador.
Todo depende de los motivos de la solicitud de la licencia, lo que dice la ley y si la empresa posee un reglamento interno sobre este tema.
2. Licencias sin sueldo en Ecuador
Las licencias sin remuneración en Ecuador varían dependiendo del sector laboral (público o privado).
En el sector privado y según el Código del Trabajo, la única licencia laboral sin remuneración es para las madres o padres que requieran permiso para el cuidado de sus hijios después de concluido su permiso por maternidad/paternidad.
En este caso, se tiene derecho a una licencia opcional y voluntaria sin remuneración hasta por nueve meses adicionales dentro de los primeros doce meses de vida del hijo.
Aplica también para padres o madres adoptivos.
Los trabajadores que se acojan a este permiso de trabajo sin sueldo no podrán ser sujetos de despedido intempestivo, y podrán retirar los fondos de cesantía acumulados en los tres días siguientes al término de la licencia.
En el sector público, por otro lado, a parte de la licencia sin remuneración para las madres y padres también se incluye:
- Con sujeción a las necesidades del empleado: hasta por 15 días calendario, o hasta por 60 días durante cada año de servicio.
- Para efectuar estudios de posgrado en instituciones de educación superior: hasta por dos años siempre que el empleado haya cumplido al menos dos años de servicio en la institución.
- Para cumplir con el servicio militar voluntario.
- Reemplazo temporal u ocasional de un dignatario electo por votación popular.
- Para participar como candidato de elección popular: desde la fecha de inscripción de la candidatura hasta el día siguiente de las elecciones.
Te recomiendo leer el Art. 28 del LOSEP.