Ley de Apoyo Humanitario se publicó en el Registro Oficial
Ley de Apoyo Humanitario se publicó en el Registro Oficial. Este lunes 22 de junio del 2020 el Registro Oficial publicó la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario. Contiene reformas laborales impulsadas por presidente de Ecuador, Lenín Moreno, en el contexto de la crisis del covid-19. De esta manera, el cuerpo legal entró en vigencia. La norma contiene aspectos como acuerdos laborales, pensiones educativas, tarifas para servicios básicos, facilidades financieras, convenios entre deudores y acreedores, entre otros. A continuación se resume algunos de los temas más relevantes de la Ley Humanitaria:
Ley de Apoyo Humanitario: Reducción de jornada laboral y acuerdos
Empleadores y trabajadores podrán modificar las condiciones económicas de la relación laboral. La jornada de trabajo podrá ser reducida hasta el 50% del horario y hasta el 45% de la remuneración. De ninguna manera las nuevas condiciones podrán afectar al salario básico. Así como a los salarios sectoriales determinados para jornada completa o su proporcionalidad en caso de jornadas reducida.
Se crea un contrato especial de emergencia con jornadas que pueden ir de 20 a 40 horas semanales, que podrán ser distribuidas en 6 días.
Los acuerdos y el nuevo contrato podrán durar 1 año, con la opción de renovar por 1 año más.
Ley de Apoyo Humanitario: Despidos por fuerza mayor
La terminación laboral por caso fortuito o fuerza mayor, contemplada en el numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo, aplicará únicamente con el cese total de la empresa. Si un juez determina que hubo uso injustificado de la causal el empleador tendrá que pagar una indemnización por despido intempestivo multiplicado por 1.5.
Ley de Apoyo Humanitario: Nuevos emprendimientos
El Estado garantizará la apertura de nuevos emprendimientos desde el día cero, sin ningún tipo de requisitos. Para efectuar este puntual, los gobiernos autónomos descentralizados, así como cualquier entidad pública, emitirán permisos de operación provisional que tendrán una validez de 180 días. En este tiempo, los emprendedores deberán regularizar su actividad en temas tributarios, municipales y permisos de toda índole.
Ley de Apoyo Humanitario: Cobertura de Salud en el IESS
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) extenderá la cobertura en las prestaciones de salud, hasta 60 días adicionales a los establecidos en la Ley, contados a partir de la declaratoria de Estado de Excepción.
Prórroga en el pago de deudas
Durante el Estado de Excepción y hasta por 60 días más de finalizado ese período (hasta mediados de octubre considerando el reciente Decreto) las entidades financieras incluidas las tarjetas de crédito y casas comerciales deberán reprogramar el cobro de cuotas mensuales generadas por deudas. Eso puede incluir diferir pagos o reprogramar cuotas impagas. En ese período no se generarán intereses por mora, multas o recargos.
Pensiones educativas
Las instituciones del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Superior deberán otorgar rebajas de hasta el 25% a los representantes de los alumnos, de acuerdo con la justificación que presenten.
Acuerdos de pago para empresas, negocios y personas
Los dueños de negocios podrán llegar a acuerdos preconcursales de pago con sus deudores, ya sean clientes, proveedores, entre otros. Se podrán acoger a este mecanismo los negocios de todo tipo que se dediquen al ejercicio de actividades comerciales, económicas, culturales y recreacionales. Mientras dure la aplicación del instrumento no podrán imponerse medidas cautelares, judiciales y coactivas. El Ejecutivo además propuso que en el proceso para implementar los acuerdos las acreencias se dividan entre aquellas de acreedores privados y las de acreedores públicos.
Prelación de créditos
Los créditos privilegiados de primera clase se pagarán, desde el año 2020 hasta 2023, en un nuevo orden de once puntos. Entre los primeros están los créditos de alimentos a favor de niñas, niños y adolescentes, todas las deudas que por ley el empleador al trabajador por razón del trabajo, que constituye créditos privilegiado de primera clase, con preferencia aún a los hipotecarios, las costas judiciales que se causen en el interés común de los acreedores, entre otros.
Ley de Apoyo Humanitario: Suspensión de desahucio en arriendo
La Ley humanitaria plantea que durante el tiempo de vigencia del Estado de Excepción y hasta 60 días después de que termine no se podrá ejecutar desahucios a arrendatarios por las causales de la Ley de Inquilinato como o pago del arriendo, excepto en los casos de peligro de destrucción o ruina del edificio.
Es decir, si la ley se aprueba hasta mediados de octubre considerando el actual Decreto de Estado de Excepción, aunque puede ser un plazo mayor si el Gobierno así lo decide. Para que puedan acogerse, las personas deberán pagar, al menos, el 20% del valor de los cánones pendientes y en el caso de locales comerciales, que el arrendatario demuestre que sus ingresos se han afectado en, al menos, un 30% con relación al mes de febrero del 2020. Luego se puede acordar un plan de pagos sobre el valor pendiente, ya que la prórroga no implica no condonación de deudas.
Ley de Apoyo Humanitario: Suspensión de matriculación y revisión vehicular
El cobro de multas e intereses de los procesos de matriculación vehicular y revisión mecánica generados durante el Estado de Excepción se suspende. Al terminar el Estado de Excepción o cuando se den las condiciones adecuadas para restablecer el servicio, la Agencia Nacional de Tránsito y el Servicio de Rentas reprogramarán los cobros y procesos.
Vuelos a Galápagos
El Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos. Las carteras de Ambiente y Turismo y demás entidades de control elaborarán informes técnicos en los que se evalúe la factibilidad de recibir vuelos internacionales en las islas asegurando que se cumplan con todas las regulaciones y las condiciones que garanticen la sostenibilidad del Parque Nacional Galápagos.
Ley de Apoyo Humanitario: Pensiones vitalicias
La Ley garantiza que se deje de pagar las pensiones vitalicias a mandatarios que no hubiesen concluido el periodo para el que fueron electos ya sea por cese de funciones de acuerdo a una de las causales establecidas en la Constituciones o, que hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, entre otros.
La discusión de este proyecto urgente en materia económica tomó más de dos meses. Dejó fuera propuestas como contribuciones de empresas y trabajadores, o la reducción del 10% del sueldo de los servidores públicos, que planteó el Ejecutivo por la crisis. A la madrugada del viernes pasado, el trámite de esta norma concluyó en el Pleno del Parlamento cuando esta función se allanó a 22 de las 32 objeciones presentadas por el Ejecutivo y se ratificó en otros 10 puntos, con los votos de todas las bancadas.