Nuevo salvoconducto rige desde este martes 24 de marzo
Las personas que porten este salvoconducto deberán portar una credencial o documento habilitante que permita verificar el desarrollo de la actividad para la cual se solicita el permiso de circulación
Punto Noticias.– A partir de este martes 24 de marzo de 2020 entra en vigencia un nuevo salvoconducto que será el único documento autorizado para la excepción de la restricción de movilidad en todo el país.
Así lo informó el Ministerio de Transporte y Obras públicas, a través de un comunicado en el que solicita colocar el salvoconducto impreso en un lugar visible dentro del vehículo para que los agentes de control puedan visibilizarlo sin la necesidad de tener contacto directo con el conductor.
Además, indicó que las personas que porten este salvoconducto deben contar con la credencial o documento habilitante que permita verificar el desarrollo de la actividad para la cual se solicita el permiso de circulación.
De acuerdo a los dispuesto por las autoridades, el mal uso de este documento será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece que: “La persona que incumpla ordenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales, será sancionada con pena privativa de libertad de 1 a 3 años”.
La restricción de movilidad no aplica para el personal que trabaja en los siguientes sectores:
Salud de la red pública o privada; Seguridad pública y privada; Gobierno y cuerpos diplomáticos; Servicios de emergencia, agencias de control y de emergencia vial; Sectores estratégicos, de exportación y demás cadenas logísticas; Prestadores de servicios básicos; electricidad, recolección de basura y similares; Provisión de alimentos y de medicinas; insumos médicos y sanitarios; industria y comercio relacionado con el cuidado y crianza de animales; Medios de comunicación; Sector financiero; Sectores de comercialización de combustibles, gas licuado de petróleo (GLP), gas natural y telecomunicaciones.
Por su parte, el servicio de taxi deberá regirse al nuevo horario de la medida del toque de queda que se aplica desde el este miércoles 25 de marzo a partir de las 14h00 hasta las 05h00 del día siguiente. De igual manera, deberán hacerlo con la medida de pico y placa, según el número del último dígito de la placa del vehículo.
Según esta careta de Estado, los ciudadanos “únicamente podrán solicitar el salvoconducto para emergencias médicas y tratamientos o citas de personas crónicas no terminales. En el caso de tratamiento por enfermedades terminales y emergencias de salud no se requerirá de salvoconducto”.
Fuente: Ministerio de Transporte y Obras Públicas
BPE