las multas más comunes

Las 7 multas más comunes en patinetes eléctricos

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La demanda de patinetes eléctricos entre los usuarios creció en 2020 un 142% con respecto al año anterior, pero las infracciones y multas hacia estos conductores también. Es el caso de ciudades como Madrid, donde en los meses de enero y febrero se emitieron 945 y 530 sanciones, la mayoría cometidas por conductores de este tipo de Vehículos de Movilidad Personal. ¿Cuáles son las más frecuentes?. Las multas más comunes

El uso de patinetes eléctricos es cada vez más común y muchos usuarios desconocen la normativa por lo que es bastante habitual que tengan a recibir multas. Esto, sobre todo, al no existir un carnet o certificado necesario para su uso. Ocurre exactamente lo mismo con la bicicleta, pero su uso, con más tradición, hace que los ciclistas conozcan mejor la normativa que estos nuevos miembros de nuestras carreteras. Un hecho que ha propiciado a que se instauren nuevas medidas.

Por dónde pueden circular los patinetes eléctricos

Esta regulación era una de las tareas pendientes de la DGT y el Gobierno central, que habían esquivado su responsabilidad en los últimos años. Pero en noviembre aprovecharon la creación de nuevas normas para la circulación en ciudad, que entró en vigor a principios de este año. Entre ellos se encuentran la rebaja del límite de velocidad en nuestras calles de 50 km/h a 30 km/h.

Esto con no otro motivo que para crear también la normativa que afectaría desde este inicio de 2021 a los patinetes eléctricos. La normativa ha hecho por contentar también a las personas con discapacidad y las que tienen movilidad reducida, puesto que eran uno de los grandes perjudicados por estos vehículos que no contaban con regulación.

Entre los puntos de estas medidas, y quizás el más importante, se da en que esta serie de Vehículos de Movilidad Personal (VPN), no podrá circular ni estacionar por la acera. Lo hará por obedecer y cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos. O lo que es lo mismo: la regulación de prohibir ir en contra dirección, de saltarse un semáforo o girar en plena carretera. Por ejemplo, para cruzar un paso de peatones lo debes de hacer igual que un ciclista o un conductor de moto, andando.

De acuerdo con la normativa sobre patinetes eléctricos de la DGT, los sitios por los que estos pueden circular son: el carril bici, carril bici, calles residenciales, carril-bici protegido o segregado, ciclo calle, pista bici, zona 30, senda ciclable y la calzada.

¿A qué velocidad máxima pueden transitar?

Siguiendo la clasificación que ya mantienen ciudades como Madrid o Barcelona, la velocidad máxima permitida a los usuarios que circulen con sus patinetes eléctricos -si no quieren recibir multas- se acota a los 25 km/h, 20 km/h en las calles donde acera y calzada estén en el mismo plano.

 

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las multas más comunes

Su única estipulación es que no hay una normativa nacional al respecto, por lo que aquí es más fácil que la multa sea por desconocimiento. Y es debido a que no hay una regulación general establecida al respecto, sino que es más por parte del ayuntamiento el que tiene las competencias. En caso de que se haya decretado el uso obligatorio del casco y te pillen sin él, la multa será de 200 euros y se podría inmovilizar el vehículo.

Alcohol y drogas

Al igual que el resto de conductores, las personas que se desplazan en patinete eléctrico deben someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas, siempre que les sea requerido por un agente de la autoridad. Si se niegan a hacerse el test, serán denunciados por una infracción administrativa.

En el caso de que la prueba dé positivo, los usuarios de estos patinetes eléctricos deberán abonar las mismas multas que si condujera cualquier otro vehículo, es decir, dependiendo de su grado de alcohol en sangre la cuantía podrá alcanzar los 1.000 euros, igual cifra que pagará si tiene presencia de drogas en su organismo. También pueden inmovilizar el vehículo.

Uso del teléfono móvil

Como sucede con el coche y la moto, está prohibido el manejo del teléfono móvil u otros dispositivos móviles mientras se conduce. Ambas manos han de sujetar con firmeza el manillar y estar preparadas en todo momento para responder de forma adecuada ante cualquier imprevisto.

En caso de no cumplir con la normativa, la sanción puede ser de 200 euros. Con la nueva regulación de circulación en la ciudad, esta infracción ha aumentado 50 euros con respecto a la anterior normativa, la cual estaba unida en la misma que las de las bicicletas.

Circular con auriculares

Esta ha tomado una consideración más que importante en los últimos tiempos, puesto que cada vez son más los usuarios que tienen por costumbre conducir con auriculares, lo que, en muchos casos, haría por suponer un problema de seguridad, al igual que otro tipo de vehículos.

Así, de igual manera, éstos tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 euros.

Circulación por aceras

Como vemos, este tipo de Vehículos de Movilidad Personal han pasado a un nivel de regulación mucho más estricto de lo que solían acontecer antes de esta normativa que ya está en vigor. Entre ellas, y quizás como una de las que más polémicas ha generado, se encuentra la de la circulación por acercas.

Y es que aquí, estos tienen prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto monopatines, patines o aparatos similares) con sanciones de 200 euros, esto en función de las ordenanzas municipales.

Chalecos reflectantes y luces de seguridad

Entre los cambios introducidos en relación a la norma se estipulan también los que tienen que ver con las prendas reflectantes. Esto, teniendo en cuenta que está demostrado que el uso de estos elementos reflectantes reduce la posibilidad de tener un accidente. Su uso es necesario, sobre todo, en momentos donde la iluminación es baja. Las multas más comunes.

Junto a él, en la misma normativa se especifica el uso obligatorio de llevar sistemas de luces ya que los patinetes eléctricos están considerados como vehículos. Los de tipo B deben además llevar timbre, luces y elementos reflectantes homologados. Podrán producirse sanciones de hasta 200 euros. las multas más comunes.