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La Seguridad Social cuota más económica para autónomos

Los trabajadores por cuenta propia deben asumir la cuota de autónomos para poder realizar su actividad. Esta cuota tiene carácter mensual y la Seguridad Social ha utilizado su cuenta de X para recordar que existe la posibilidad de poder disfrutar de una bonificación durante los primeros 12 meses. Te contamos los detalles. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

El inicio del presente 2024 ha traído, con él, varios cambios que afectan directamente al colectivo de los trabajadores por cuenta propia. En comparación con el año anterior, aquellos que se encuentren en los tramos más bajos de ingresos, van a poder ser testigos de una pequeña reducción en sus cuotas de autónomos. Una situación completamente inversa a la que tendrán que asumir aquellos que cuentan con ingresos situados en la parte superior de la tabla, cuyo coste de la cuota de autónomo va a sufrir un pequeño ascenso. Para estos próximos 12 meses, la cuota mínima se sitúa en los 225 euros, mientras que la máxima alcanza los 530 euros.

La cuota mínima puede ser un escollo para todos aquellos que quieren comenzar una nueva actividad por su cuenta, pero no tienen claro poder asumir las cuotas que se han aprobado para el presente curso. Por este motivo, la Seguridad Social ha aprovechado su cuenta de X para recordar que existe la posibilidad de beneficiarnos de una cuota reducida para los nuevos autónomos que puede ser de nuestro interés. Aunque, para ello, debemos cumplir algunas condiciones.

 

Una cuota de 80 euros mensuales

Todas aquellas personas que estén interesadas en darse de alta como autónomo, podrán disfrutar de una cuota de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses. Aunque, eso sí, es importante tener en cuenta que si quieren mantenerla durante todo el año, no podrán darse de baja en ningún momento o, de lo contrario, perderían el derecho. La cuota se establece en los Presupuestos Generales del Estado cada año y, entre los años y 2025, se ha fijado en 80 euros.

Existen condiciones especiales que pueden favorecer que podamos disfrutar de la cuota bonificada durante una mayor cantidad de meses. Este es el caso de, por ejemplo, las personas con discapacidad o las víctimas de violencia machista o terrorismo. Además, la Seguridad Social también afirma que “será prorrogable en aquellos casos de trabajadores autónomos cuyos rendimientos netos no superen el SMI”.

Condiciones para solicitarla

Como mencionábamos previamente, para poder solicitar esta cuota es necesario cumplir con ciertos requisitos. Estos son los siguientes:

  • No haber estado dado de alta durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en la que queremos darnos de alta. Si previamente ya hemos disfrutado de la cuota bonificada, el periodo de tiempo se extiende a los tres años.
  • Además, no podemos tener ninguna deuda pendiente ni con la Seguridad Social, ni con Hacienda. Deberíamos abonarlas previamente a efectuar el alta.
  • No podemos pertenecer a la categoría de autónomos colaboradores.

Para ello, debemos indicar que queremos beneficiarnos de esta cuota en el momento de realizar los trámites pertinentes para realizar el alta y, si se cumplen las condiciones mencionadas previamente, automáticamente se llevará a cabo la aprobación y comenzaremos a abonar dicha cantidad hasta finalizar su periodo de validez.