Usuarios del servicio eléctrico tienen varias instancias y normas para reclamar por una excesiva facturación

– Advertisement –


Visualizaciones:

39

La Defensoría del Pueblo está empeñada en proteger el derecho de los usuarios que reclaman cobros excesivos en la planilla eléctrica.

Punto Noticias. Este lunes 21 de junio, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de protección con el fin de que se declare la violación a los derechos de las personas usuarias de los servicios de energía eléctrica en el país.

Ángel Valenzuela, coordinador general de Asesoría Jurídica de la Defensoría del Pueblo, explicó que el objetivo es que la justicia constitucional garantice el derecho de la ciudadanía a recibir servicios públicos de electricidad oportunos, eficientes y a precios justos y evite que se vulnere este derecho con el cobro excesivo de planillas de consumo.

La demanda es en contras de la política pública emanada por el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables y la Agencia de Regulación y Control de Energía, que norma la actuación de las empresas eléctricas, a nivel del país.

Lo que busca la Defensoría del Pueblo es que el Estado dicte una política pública con tarifas diferenciadas para los quintiles uno y dos, así como para el sector residencial, explicó Valenzuela.

Comentó que han existido constantes reclamos por la facturación y la lectofactura, por lo que el Ministerio de Energía y la Agencia de Regulación y Control de la Energía deberían tomar las medidas necesarias para controlar y transparentar la lectura de los medidores de servicio eléctrico.

El funcionario de la Defensoría del Pueblo indicó que hay dos normativas que regulan el servicio público de energía eléctrica, que son la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, que señala cuál es la ruta del reclamo y establece que por reclamos de alta facturación el usuario no tiene que cancelar para poder reclamar, sino que se suspende la factura que se reclama y el usuario tiene el derecho a pagar el promedio de los seis últimos meses.

La otra es la Ley Orgánica de Servicio Eléctrico que dispone que se debe reclamar ante la empresa eléctrica que brinda el servicio y si esta no atiende el reclamo, tiene que elevarse a una segunda instancia, que en este caso sería la Agencia de Regulación y Control de la Energía, que tiene facultades coercitivas, inclusive, para dar atención al reclamo.

Valenzuela apuntó que actualmente la Defensoría tiene más de 500 reclamos, a nivel nacional. Aclaró que para realizar un reclamo ante la Defensoría se debe presentar la constancia de que primero lo hizo ante la empresa eléctrica y ante la Agencia de Regulación.

Relacionado