Infracciones en las que no se reducen puntos

Infracciones en las que no se reducen puntos

Infracciones en las que no se reducen puntos . Con base en la reforma a la Ley de Tránsito, que entró en vigencia el 10 de agosto de 2021, todas las contravenciones que van desde tercera a séptima clase no tendrán reducción de puntos en la licencia de conducir. En total son 79 causales, desde el artículo 388 al 392 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Estas son las causales más recurrentes, en las cuales ya no hay reducción de puntos a la licencia de conducir:

Art.388. Tercera clase 40 % del Salario Básico Unificado (SBU) (USD 170) (numeral 1 al 9)

  • Quien detenga o estacione vehículos en zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos, y salidas de los mismos, túneles, sin tomar las medidas de seguridad.
  • La o el conductor de transporte público o comercial que se niegue a brindar el servicio.

Art.389.- Cuarta clase 30 % SBU (USD 127.50) (numeral 1 al 12)

  • La o el conductor que no obedezca las señales manuales y las órdenes de los agentes de tránsito y otras señales colocadas en la vía pública.
  • Vehículos sin placas de identificación.

Art.390.- Quinta clase 15 % SBU (numeral 1 al 22)

  • Apagar el motor en una pendiente.
  • Dejar o recoger pasajeros en sitios prohibidos.

Art.391.- Sexta clase 10 % SBU (numeral 1 al 21)

  • Contravenir las normas previstas en relación a la emanación de gases.
  • No lleve un botiquín de primeros auxilios y un extintor de incendios.

Art.392.- Séptima clase 5 % SBU (numeral 1 al 15)

  • Usar inadecuadamente y reiteradamente la bocina.
  • La o el conductor que no use cinturón de seguridad.

Cuando se suscita una contravención, el agente civil de tránsito, toma el procedimiento correspondiente, informa al ciudadano la infracción realizada, coloca la sanción establecida y emite la boleta de citación.

Los ciudadanos pueden revisar sus puntos de la licencia a través de la página www.amt.gob.ec en la opción de ‘Infracciones ANT’, deberán ingresar su cédula e inmediatamente les reflejará los puntos disponibles y en el caso de haberle retirado puntos le indicará la infracción.

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Cabe recalcar que la ley no es retroactiva, por ello, las sanciones cometidas estuvieron sujetas a la reducción de puntos hasta la presentación de la reforma de la Ley de Tránsito.

Recordamos a la ciudadanía que para su movilización, en cualquier tipo de automotor, es indispensable portar la licencia de conducir, este es un documento habilitante que faculta la idoneidad del conductor, caso contrario la multa establecida en el COIP es del 10 % de un Salario Básico Unificado (USD 42.50).

En el caso de conducir sin haber obtenido la licencia la sanción es de tres días de pena privativa de libertad, una multa de un SBU (USD 425) y reducción de 10 puntos a la licencia, esto dado a que el art.386 no está exento de la reducción de puntos.

La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), en cumplimiento de su competencia de controlar y fiscalizar el transporte terrestre en Quito, efectúa operativos para verificar el cumplimiento de la normativa.