Hay libre circulación para vivir y trabajar
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Hay libre circulación para vivir y trabajar en Perú, Colombia, Bolivia y Ecuador. Te explicamos
Entró en vigencia un nuevo estatuto migratorio de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)
Ayer, 11 de agosto, entró en vigencia el Estatuto Migratorio Andino que permite la circulación la residencia temporal y permanente para los ciudadanos andinos en Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, según la Decisión 886 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). La decisión modifica la residencia temporal y la residencia permanente andina. Además, establece nuevos plazos de permanencia para los turistas de la comunidad que se desplacen entre sus países miembros.
De esta decisión se beneficiarán 111 millones de ciudadanos que viven en los países que conforman la CAN, y que podrán desplazarse para vivir o trabajar de forma temporal o permanente por los cuatro millones de kilómetros cuadrados que abarca la comunidad transnacional —de una forma similar a la forma en que los ciudadanos de la Unión Europea pueden movilizarse entre sus países miembros.
Jorge Hernando Pedraza, secretario general de la CAN, calificó a esta decisión de “histórica”.
Cambios para quienes viajan como turistas: libre circulación para vivir y trabajar
Los ciudadanos del bloque podrán ser admitidos e ingresar en cualquiera de los otros países miembros como turistas presentando un documento de identificación válido y vigente (como la cédula, el documento de identificación o el pasaporte, entre otros, según cada país) y sin el requisito de visa, como ya venía sucediendo.
Pero habrá un cambio en la permanencia. Hasta ayer, la permanencia máxima era de máximo 90 días. Ahora, podrán prorrogarse por otros 90 días sin que superen los 180 días calendario continuos o discontinuos en el mismo año, es decir seis meses.
¿Qué es la residencia Temporal Andina?
La Residencia Temporal Andina autorizará a los ciudadanos a permanecer hasta por dos años en el territorio de un país miembro distinto al de su nacionalidad. Podrá gestionar esta residencia de dos formas:
- En la sede consular del lugar de destino. Por ejemplo, un ecuatoriano residente en Quito puede acercarse al consulado del Perú y ahí hacer el trámite.
- Si el ciudadano ya está en el país de destino, deberá tramitarla ante la autoridad migratoria competente local. En el mismo ejemplo, si un ciudadano ecuatoriano está ya en Lima, deberá acercarse a la autoridad peruana que maneje los estatus migratorios de las personas extranjeras.
¿Cuáles son los requisitos?
Para obtener la residencia temporal andina se debe presentar
- El documento de viaje válido (cédula, pasaporte o documento de identificación del país de origen) con el que ingresará o ingresó al territorio de inmigración. Este deberá tener una vigencia mínima de seis meses.
- Documento de viaje indicado en la Resolución de la Secretaría General de la CAN 1559.
- Para Bolivia los documentos de viaje son cédula de identidad o pasaporte.
- Para Colombia son el pasaporte, la cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad para menores de edad o el registro civil de nacimiento para personas menores de 7 años.
- Ecuador exigirá cédula de ciudadanía o pasaporte.
- Perú puede solicitar como documento de viaje el pasaporte, la cédula de identidad o un carné de extranjería
- Documento de viaje indicado en la Resolución de la Secretaría General de la CAN 1559.
- Un certificado vigente que acredite no tener antecedentes policiales y judiciales o penales en el país de su nacionalidad o el de recepción.
- El pago de la tasa retributiva de servicios, conforme lo dispongan las respectivas legislaciones internas.
- Manifestación escrita del propósito de establecer su residencia temporal en el país receptor.
¿Qué es la Residencia Permanente Andina ?
- La Residencia Permanente Andina autorizará a los ciudadanos a permanecer por tiempo indefinido en el territorio de un país miembro distinto al de su nacionalidad.
Para obtenerla, deberán presentar su solicitud ante la autoridad competente del lugar de destino dentro de los noventa días anteriores al vencimiento de la Residencia Temporal Andina.
¿Cuáles son los requisitos?
- Documento de viaje indicado en la Resolución de la Secretaría General de la CAN 1559.
- Para Bolivia los documentos de viaje son cédula de identidad o pasaporte.
- Para Colombia son el pasaporte, la cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad para menores de edad o el registro civil de nacimiento para personas menores de 7 años.
- Ecuador exigirá cédula de ciudadanía o pasaporte.
- Perú puede solicitar como documento de viaje el pasaporte, la cédula de identidad o un carné de extranjería.
- Certificado que acredite no tener antecedentes policiales y judiciales o penales en el país de recepción.
- Acreditación de medios de vida lícitos que le permitan la subsistencia en el país de destino a la persona en el país de recepción que la solicita y a su grupo familiar
- Pago de la tasa retributiva de servicios, conforme lo dispongan las respectivas legislaciones internas.
¿Qué beneficios tendrán las personas que se acojan a esta medida?
Las personas que obtengan tanto la residencia temporal como la permanente podrán entrar, salir, circular y permanecer libremente en el territorio de inmigración, previo al cumplimiento de las formalidades que el Estado miembro considere, establece el nuevo estatuto migratorio de la CAN.
Además, podrán acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en las mismas condiciones que los nacionales de los países de recepción, de acuerdo con las normas legales de cada Estado.
¿Qué es la Comunidad Andina de Naciones?
Según el sitio web de la institución, la CAN es una organización internacional que trabaja para “alcanzar un desarrollo integral social y económico, más equilibrado y autónomo, mediante el fortalecimiento de la integración andina, con proyección hacia Suramérica y Latinoamérica”.