deducción en la Renta para los madrileños

Hasta 400 euros de deducción en la Renta para los madrileños

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Hasta 400 euros de deducción en la Renta 2026 para los madrileños si cumples estos requisitos

La Declaración de la Renta se realiza anualmente entre abril y junio del año siguiente. Cualquier persona física que haya residido en España durante el año pasado, o tenga en nuestro país la base de su actividad económica, y sus rentas superen el mínimo establecido (15.876 euros si proceden de más de un pagador, o 22.000 euros, en caso de tener un único pagador), están obligados a declarar. Pero hay ciertas deducciones que pueden hacerse y Madrid tiene una especialmente dirigida a un grupo de jóvenes que les permitirá restar en la base imponible hasta 400 euros.

La Comunidad de Madrid ha creado una deducción especial en la parte autonómica del IRPF para los jóvenes que estudian y trabajan. Aquellos madrileños de menos de 30 años que se hayan matriculado en estudios universitarios oficiales de Grado o de ciclos formativos de FP de Grado Superior podrán quitarse el 50% de lo que hayan pagado. Sin embargo, dejan claro que hay un límite máximo de 400 euros por contribuyente y año. Es decir, si la cuota de la matriculación es superior a 800 euros, la deducción sería de 400 euros.

Además, hay que tener en cuenta que no basta con haber trabajado solo unos meses al año. El Gobierno autonómico especifica que el madrileño deberá haber trabajado al menos 300 días del año. Eso sí, no hacen distinción a si lo han hecho por cuenta propia o ajena, siempre y cuando hayan estado dados de alta en la Seguridad Social o cuenten con una mutualidad. También especifican que, como mínimo, cinco meses de la actividad laboral deben coincidir en el mismo año con el periodo lectivo.

 

15.000 jóvenes podrán aprovechar esta deducción

El Gobierno de Madrid estima que, con su deducción especial, alrededor de 15.000 jóvenes podrán beneficiarse. En total, la comunidad autónoma ha reservado una dotación máxima de 6 millones de euros de sus presupuestos regionales. Sin embargo, no podrá aplicarse hasta 2027, con la Declaración de la Renta 2026. Es decir, no será válido para este año sobre el ejercicio fiscal de 2025.

La medida viene en la Ley 6/2025 de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026 y es solo una de un paquete más amplio de rebajas fiscales que la región aprobó para sus cotizantes. Con esta nueva deducción autonómica, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2026, los jóvenes madrileños podrán deducirse parte de la base imponible en la Declaración de la Renta 2026 si este año cumplen con los requisitos mencionados.

 

RequisitosCondición concretaObservaciones
EdadMenor de 30 añosDebe cumplirse en el año fiscal que corresponde (2025 en este caso).
Residencia fiscalComunidad de MadridEs una deducción autonómica, solo aplicable a contribuyentes que tributan en Madrid.
Situación laboralEstudiar y trabajarCinco meses de la actividad laboral deben coincidir con el periodo lectivo. No sirve contrato de formación.
Tipo de estudiosGrado universitario oficial o FP de Grado SuperiorDeben ser estudios oficiales reconocidos.
ImpuestoIRPF (parte autonómica)No es aplicable al resto de España.
Límite económicoMáximo de 400 euros por persona y añoSerá el 50% del coste de la matrícula, menos si supera dicho límite.

Con esta medida, la comunidad autónoma fija su objetivo en retener al talento joven y premiar la cultura del esfuerzo de los estudiantes que aportan al mercado laboral en la región.

¿Cuándo es la Declaración de la Renta 2025?

Aunque este año los jóvenes de menos de 30 años que hayan estudiado y trabajado a la vez durante 2025 no puedan beneficiarse de esta deducción de hasta 400 euros en Madrid, sí que deberán hacer la Declaración de la Renta. Existen excepciones, como los casos en los que no superen los 15.876 euros (de más de un pagador) o los 22.000 euros (un solo pagador).

Si estás pendiente para realizar la Declaración de la Renta 2025, debes saber cuáles son las fechas que la Agencia Tributaria ha fijado en 2026:

  • 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: presentación por Internet.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: presentación vía llamada telefónica. Se requerirá de cita previa, que podrá hacerse del 29 de abril al 29 de junio.
  • 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: presentación desde las oficinas. La solicitud de cita estará abierta del 29 de mayo hasta el 29 de junio.

Para concertar una cita, tanto por teléfono como presencialmente, el usuario puede hacerlo por internet, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o por teléfono. Los números para agendar una cita son:

  • Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
  • Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44