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Estos son los Requisitos para Empadronarse en Madrid

Empadronarse Madrid. Estos son los Requisitos para Empadronarse en Madrid. Si piensas vivir en España, debes saber que todo aquel que resida en Madrid más de seis meses al año debe empadronarse en esta ciudad. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Aquí te dejamos toda la información que necesitas acerca de los Requisitos para empadronarse en Madrid.

 

Requisitos para empadronarse en Madrid

Las personas que pueden solicitar el empadronamiento en Madrid son las siguientes:

  • Mayores de Edad, que podrán solicitar su propia inscripción y la de los miembros de su unidad familiar.
  • Podrán también solicitar el empadronamiento de su pareja y de los hijos comunes de ambos, siempre y cuando procedan del mismo municipio.
  • Representantes legales de las personas menores de edad, o de quienes se encuentren incapacitados legalmente.

Documentación para empadronarse en Madrid     

empadronarse

Los documentos son los siguientes:

  • Solicitud de empadronamiento (con los datos básicos de las personas como nombres, apellidos, DNI o NIE, fecha de nacimiento, nivel de estudios, firma, etc. a empadronar).
  • Hoja padronal correctamente cumplimentada, y firmada por todas las personas mayores de edad incluidas en ella.
  • Este formulario tiene sitio para 4 personas, y si son más, se rellenan tantas hojas como sean necesarias (por ejemplo: si una familia consta de 5 personas, debe rellenar 2 hojas, con 4 miembros en la primera y 1 en la segunda).
  • Este formulario se puede obtener en cualquiera de las OAC’s o descargarse directamente desde Munimadrid.

Sistema Online

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ayuntamiento

Para certificar la identidad de los solicitantes

A fin de certificar la identidad de los solicitantes, se debe anexar junto al formulario de solicitud de Empadronamiento:

  • La documentación original y vigente de cada uno de los miembros que compone la unidad familiar. (Esto puede ser el DNI, el Permiso de Residencia o el NIE).
  • Para los niños más pequeños (que aún no tengan DNI), es necesario presentar el libro de familia.
  • Para los recién nacidos, estos son empadronados automáticamente en el domicilio de los padres tras realizar el trámite en el registro civil, sin embargo tarda unos dos meses en aparecer en el padrón.

Si eres ciudadano español presenta lo siguiente:

  • El DNI o pasaporte en vigor. Hay que llevar el original de quien se presenta personalmente, y fotocopia del resto de los que se empadronan. (Aplica para mayores de 14 años)
  • Libro de familia o certificado de nacimiento original, junto al DNI o pasaporte si ya lo tuvieran. (Aplica para menores de 14 años).

Si eres extranjero, hay que presentar:

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  • El NIE junto al pasaporte, o el Documento Nacional de Identidad original vigente. (Si son ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).
  • En el caso de que sean de nacionalidad rumana, tendrán que presentar el pasaporte si no comparecen personalmente, y no consta su firma en una solicitud anterior de empadronamiento.
  • Las personas de las demás nacionalidades tienen que presentar el pasaporte o permiso de residencia en original y vigente.
  • La tarjeta de extranjero vigente, expedida en España, tiene preferencia y se debe presentar siempre.
  • Para los menores extranjeros que hayan nacido en España, hasta los tres meses de edad, habrá que presentar el libro de familia o el certificado de nacimiento, la tarjeta de residencia o el certificado de nacimiento y si tiene pasaporte, también se debe presentar.
  • En el caso de los mismos menores extranjeros, pero pasados los tres meses, habrá que presentar los mismos documentos que para los mayores extranjeros.
  • Para los menores extranjeros y no nacidos en España, hay que presentar los mismos documentos que para los mayores extranjeros.

Para autenticar la representación 

Si actúas en carácter de representante, deberás acreditar tu representación con los siguientes documentos:

  • Escrito en el que conste la representación que permita actuar en nombre del interesado, debidamente firmada por este.
  • Si ambas personas van a empadronarse en el mismo domicilio, basta con firmar la hoja padronal del representado y el representante.
  • Ambos deben presentar la documentación que acredite su identidad.
  • Si el representado es un menor, habrá que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento, y la solicitud de empadronamiento si se empadrona con ambos progenitores. Si lo hace solo con uno de ellos, se podrán presentar otros documentos.

Para que certifiquen la vivienda    

Documentos para acreditar el uso de la vivienda:

viviendas

Habrá que presentar los siguientes documentos en todos los casos, excepto para el empadronamiento de menores no emancipados.
  • La última factura de la compañía de telefonía fija, de la electricidad o gas o el contrato de suministro formalizado el año anterior.
  • La escritura o el contrato de compraventa, o el contrato de arrendamiento en vigor.
  • Dependiendo del caso, se podrán exigir otros documentos.

¿Cómo tramitar proceso de empadronarse?

El proceso para empadronarse puede variar dependiendo del municipio al cual se pertenece y Madrid, está dividida en 21 distritos, cada uno con su propia Junta.

Desde hace un tiempo, el servicio de atención al ciudadano se desarrolla en buena parte desde las OAC’s (Oficinas de Atención al Ciudadano) en vez de hacerlo en las Juntas directamente.

proceso

Como parte de este servicio, el ciudadano madrileño puede realizar sus trámites desde cualquiera de estas oficinas sin la necesidad de acudir al que le corresponde por distrito.

Sin embargo, con la llegada de las nuevas tecnologías, se han desarrollado sistemas para que el proceso sea lo más sencillo posible.

Hay muchos trámites que se pueden realizar directamente online desde la página oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Estas incluyen:

  • Pedir cita para cualquiera de los trámites que lo requieran (entre las que está empadronarse);
  • Descargar un volante del empadronamiento (este último mediante un certificado digital previamente instalado en el equipo).
  • Descargarse el impreso para empadronarse, entre otros.

Si deseas hacer el TRÁMITE EN FORMA PRESENCIAL, aquí te dejamos varias maneras, a fin de facilitarte el tramite:

documentos

  • Directamente en la Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid.
  • A través del teléfono de contacto 010 (915298210, si llamas de fuera del municipio de Madrid)
  • En la página de Munimadrid

Sistema Online

 

Este último es el más rápido, y además da la opción de chequear en qué oficina te conviene más (ya sea por cercanía, o por tener cupo antes).

Una vez fijada la cita previa, se debe acudir con la correspondiente solicitud, que se acompañará al resto de la documentación.

cita previa

En cuanto a las citas: 

  • Las citas se conceden en lapsos de 10 minutos.
  • En teoría deberían atenderte a tu hora (si tienes cita a las 12:10, te atienden hasta las 12:20).
  • A veces se suelen producir retrasos, como es normal en toda oficina de este estilo.
  • El horario de estas oficinas es de 09:00 a 17:00 (excepto el viernes que solo están hasta las 14:00).
  • En caso de dudas en cuanto al trámite de empadronamiento, podrás buscar información en el  Ayuntamiento.

Si deseas hacer el trámite POR CORREO ORDINARIO:

correo

  • Se hace a la dirección señalada en el proceso de descarga de la solicitud.

Una vez que se realiza el trámite, se remite un volante de empadronamiento en el domicilio de la persona que lo ha solicitado.

¿Qué es empadronarse?    

El Padrón Municipal de Habitantes es un registro administrativo donde aparecen reflejados todos los vecinos del municipio. El hecho de estar empadronado es una prueba legal de que se tiene residencia en el municipio.

Por tanto, es una certificación que tiene carácter de documento público, como el DNI o la partida de nacimiento.

Cada localidad cuenta con su propio padrón municipal de habitantes, que es un registro de las personas que viven en ella.

Todo aquel que resida en Madrid durante más de seis meses al año está obligado a empadronarse en esta ciudad.

tramites

El padrón se utiliza para muchos tipos de usos diferentes. El Instituto Nacional de Estadística presenta datos con ello, y también se usa para calcular la Declaración de la Renta.

Por otra parte la entrega de paquetería o algunos trámites administrativos dependen de este tipo de documento.

Cabe señalar que desde el principio de los tiempos, los Ayuntamientos han usado el sistema de empadronamiento como forma de registrar la cantidad de ciudadanos que reside en un lugar geográfico concreto.

El propósito de este sistema, es poder invertir de manera más justa el dinero recaudado mediante impuestos en aquellas zonas donde más habitantes haya.

Beneficios de empadronarse

Empadronarse tiene muchas ventajas y ningún inconveniente (salvo el tiempo que inviertas en registrarte).

Ya sea que estés en Madrid por trabajo o que te quedes una temporada, vale la pena que lo hagas.

beneficios

 Aquí te damos a conocer algunos de sus beneficios: 

  • Tendrás acceso a los servicios municipales
  • Asegura la asistencia sanitaria.
  • Te puede servir para demostrar el tiempo que llevas viviendo en España.
  • Permite el acceso a los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
  • Permite participar en los programas que cada municipio desarrolla para mejorar las condiciones de vida de sus vecinos y vecinas en áreas de vivienda, educación, empleo, salud, cultura, deporte o el ocio.
  • Permite beneficiarse de las actuaciones que los servicios sociales de cada municipio llevan a cabo para informar, orientar y atender las necesidades específicas de las personas más desfavorecidas, facilitando su integración social.

¿Se puede apadronarse de un solo sitio?  

Debes conocer que si estás de alquiler, como si eres propietario del piso donde vives tienes la obligación de inscribirte en el registro del padrón municipal. Independientemente de la nacionalidad o situación legal, el deber ser es empadronarnos en la dirección donde residimos.

vivienda

Para aparecer en el padrón de tu lugar de residencia antes debes ir al Ayuntamiento de tu localidad y presentar algún documento que acredite que efectivamente resides donde afirmas, después rellenar la solicitud y finalmente recibirás el comunicado de empadronamiento en el domicilio en el que residas.

Tiempo de vigencia de empadronarse

El empadronamiento debe renovarse cada dos años salvo los ciudadanos españoles o de otro Estado de la Unión Europea.

Si se te pasa el tiempo de la renovación, te pueden dar de baja de forma automática.

vigencia

En ocasiones, el Ayuntamiento suele enviar una carta recordando que debes renovar el empadronamiento, pero no te confíes.

Es muy importante tener en cuenta y al día tu documento ya que muchas personas acceden a otros trámites y papeles en España mediante un procedimiento conocido como Arraigo Social (Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales).

Allí el extranjero deberá demostrar la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años anterior a la fecha de presentación de la solicitud y la mejor prueba de ello ante la Administración (Oficina de Extranjeros), es el certificado de empadronamiento histórico.

Esperamos que te haya servido la información de los Requisitos para empadronarse en Madrid. No pierdas más tiempo, empadrónate ya!.