Causas de despido justificado en Ecuador

Es verdad que no pueden despedirme estando de baja Mito o realidad

Pueden despedirme estando de baja?. Pese a que existe la creencia general de que cuando estamos de baja estamos protegidos de cualquier intento de despido por parte de nuestra empresa, la realidad es bien diferente y, de hecho, no hay motivos para pensarlo. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

 

Pueden despedirme estando de baja?

En el ámbito laboral, existen varios mitos que nada tienen que ver con la realidad y que pueden provocar que asumamos algunas actitudes que son erróneas y que pueden ir en contra de nuestros intereses como trabajadores. Los despidos mientras estamos de baja es uno de los más recurrentes, puesto que durante los últimos años hemos interiorizado la idea de que la baja laboral es un mecanismo de protección contra cualquier despido: nada más lejos de la realidad.

Las empresas no pueden despedir a ningún trabajador por el simple hecho de cogerse una baja. Es decir, tener una incapacidad temporal no es motivo de despido y, en caso de que se produzca, podríamos reclamar el mismo ante la Justicia y se declararía como improcedente, siempre y cuando el resto de las circunstancias así lo permiten. Sin embargo, la empresa tiene todo el derecho a rescindir nuestro contrato cuando estamos de baja, si el motivo del despido es otro.

 

Cuándo pueden despedirme si estoy de baja

Ya te hemos contado que, efectivamente, nadie puede despedirnos por cogernos una baja. Sin embargo, existen otros muchos motivos que pueden justificar esta acción por parte de la empresa, incluso cuando tenemos una baja médica. Uno de los motivos más habituales es cuando tenemos un contrato temporal y la fecha de finalización coincide con un periodo en el que estamos de baja. En este caso, la finalización del contrato se realizaría siguiendo el procedimiento habitual, puesto que ya estaba así contemplado inicialmente.

Los despidos disciplinarios también se pueden llevar a cabo en este periodo, aunque deben estar bien justificados. Normalmente, estos despidos obedecen a una repetición constante de ausencias o puntualidad en el trabajo, por ejemplo. Aunque también pueden explicarse a partir de una serie de conductas que vayan en contra de la correcta convivencia entre todos los trabajadores de una misma empresa, como ocurre con las ofensas verbales o las agresiones, entre otras.

Si la empresa está pasando por una mala situación económica, y puede justificarlo, estando de baja también podemos tener un despido por causas objetivas. Si nos encontramos ante esta situación, la indemnización será de 20 días por año trabajado y el tope será de doce mensualidades, por lo que cambia bastante con respecto al despido improcedente.

 

Siempre debe estar justificado

Durante las situaciones descritas previamente hemos incidido en que el despido debe estar bien justificado y tiene que contar con una serie de pruebas que lo respalden. En caso contrario, siempre podemos presentar la impugnación correspondiente, pero sí que debemos tener en cuenta que los tiempos para realizar lo propio son bastante cortos y debemos actuar casi de inmediato.

Desde el día en el que firmamos el despido tenemos un máximo de 20 días hábiles para que se lleve a cabo lo propio. Superado este plazo, únicamente podríamos reclamar la cantidad adeudada, en el caso de que así fuera, pero no podríamos impugnar el despido. Así que deberemos ponernos en contacto de inmediato con un profesional que nos ayude a realizar lo propio y estar seguros de que estamos dentro del plazo que así marca la ley.