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¿Es beneficioso el retiro del 100% de la CTS?

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¿Es beneficioso el retiro del 100% de la CTS?

La compensación por tiempo de servicios no está habilitada para todos los tipos de trabajadores.

En pocos días llegará la fecha límite para que los empleadores cumplan con otorgar la compensación por tiempo de servicios (CTS) a sus trabajadores, así que es importante que estés al tanto de los detalles que rodean a este beneficio que busca servir de ayuda a cierto sector de la población. Mauricio Matos, associate partner del área laboral de EY Perú, conversó con Infobae para esclarecer algunos puntos respecto al tema.

La CTS es un beneficio social cuya finalidad es proteger al trabajador frente a posibles dificultades que aparecen al momento de perder su empleo. Matos señala que este beneficio sólo se libera al momento que el vínculo laboral culmina y que “equivale a un sueldo por año, cuyo 50% se deposita como fecha máxima hasta la quincena de mayo y el porcentaje restante hasta el 15 de noviembre”.

¿y si no recibo mi CTS?

Aquellos empleadores que no cumplan con el pago señalado, se enfrentarían a una fuerte multa por parte de la Superintendencia de fiscalización laboral (Sunafil). “La sanción va entre los S/ 6,900 a S/ 114,000 dependiendo del número de trabajadores afectados porque se considera como una infracción grave”. Además, el empleador está obligado a emitir una liquidación en la que se detalla cómo se ha calculado el pago de la CTS del trabajador.

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Se recomienda que el trabajador que no ha recibido el pago correspondiente acuda a Sunafil e interponga una denuncia. “Usualmente cuando se trata de beneficios sociales, Sunafil hace revisiones aleatorias, pero, sobre todo, responde a denuncias. Solo cuando el trabajador presenta su reclamo es que ellos actúan”, señaló Matos en conversación con este medio.

¿Quiénes reciben este beneficio?

“La CTS solo corresponde a los trabajadores del régimen privado que laboran cuatro horas o más diarias. Los trabajadores a tiempo parcial no están comprendidos en la norma”, señaló el especialista. Aquellos que laboren en una microempresa tampoco serán acreedores del beneficio mientras que los que forman parte de una pequeña empresa podrán percibir hasta quince remuneraciones diarias por cada año completo de servicios.

A los trabajadores y trabajadoras del hogar también les corresponde recibir su CTS, asegura Matos. En el caso de este grupo les corresponde una remuneración anual como ocurre en el régimen laboral común. Sobre el respeto al pago de este grupo de trabajadores, el especialista resaltó que “lamentablemente se trata de un sector muy informal”. Tratándose de una persona natural quien entrega el beneficio, Sunafil debería apostar por una mayor fiscalización en este tipo de casos, aseguró Matos.

Los practicantes preprofesionales y profesionales no reciben la CTS. “Para ellos existen un beneficio especial que establece que por cada seis meses de prácticas reciben media subvención adicional”, señaló el especialista.

Retiro del 100% de la CTS

La congresista Digna Calle Lobatón de la bancada de Podemos Perú ha presentado el “Proyecto de ley que autoriza a los trabajadores disponer del 100% de la Compensación por tiempo de servicios”; sin embargo, Mauricio Matos considera que se trata de una idea que no favorecería a los trabajadores.

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La finalidad de la CTS es servir como un fondo de contingencia ante la eventual pérdida del empleo. El fondo recibido ayudaría a atender las necesidades del ciudadano mientras se encuentra en búsqueda de un nuevo trabajo. “Al retirar el 100% de la CTS se genera mayor liquidez inmediata, pero dejas sin cobertura en caso de pérdida de la relación laboral”, señaló Matos para luego agregar que dado que en el Perú no existe un seguro de desempleo, la medida no sería realmente beneficiosa.

“Las veces que se ha liberado al 100% la CTS fue el año pasado y entre el 200 y el 2004, intervalo de tiempo en el que se depositaba mensualmente, pero era para ayudar a la reactivación económica otorgando más liquidez”, explicó Matos.