A costa de los sentenciados, el lunes la Procuraduría colocará en Carondelet la placa dispuesta en la sentencia del caso Sobornos 2012-2016
El Tribunal de Ejecución del caso Sobornos 2012-2016 continúa con el cumplimiento del fallo por el delito de cohecho pasivo agravado. El siguiente paso que ordena es la colocación en el Palacio de Carondelet, en el centro histórico de Quito, de una placa que diga en quichua y español: «Los recursos públicos deben ser siempre administrados honradamente, el servicio público no es otra cosa que un servicio a la comunidad, con sujeción a los principios de la ética».
La acción fue dispuesta por los jueces Iván León, Iván Saquicela y Marco Rodríguez, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), en una providencia emitida la tarde del viernes último y que deberá cumplirse mañana lunes 21 de diciembre a las 09:00. La Procuraduría General del Estado (PGE) fue la delegada para que, haciendo uso de los recursos económicos que han sido pagados por varios sentenciados, proceda a la realización de la indicada placa y coordine lo pertinente a fin de que la misma sea instalada en el lugar y fecha determinados.
La orden de colocar una placa es parte de la reparación inmaterial de la sentencia que recibieron por cohecho los exmandatarios Rafael Correa, quien está en Bélgica desde 2017, y Jorge Glas, quien se encuentra internado en el Centro de Rehabilitación Social de Cotopaxi. Ambos fueron condenados a cumplir ocho años de cárcel como autores mediatos por instigación, y deben pagar $ 778.224,17.
También fueron condenados los exministros María Duarte, Walter Solís, Vinicio Alvarado, el exsecretario Alexis Mera, los exasambleístas Christian Viteri y Viviana Bonilla, las exasesoras Pamela Martínez y Laura Terán, y los empresarios Rafael Córdova, Víctor Fontana, Édgar Salas, Bolívar Sánchez, Teodoro Calle, Pedro Verduga, Ramiro Galarza, William Phillips, Mateo Choi y Alberto Hidalgo.
Al ser esta una diligencia judicial, estarán presentes los jueces del Tribunal de Ejecución, León, Saquicela y Rodríguez, para constatar que se cumpla lo ordenado en sentencia.
Sobre las disculpas públicas que los 20 sentenciados por corrupción deben dar en la Plaza de la Independencia, en Quito, el Tribunal no ha definido aún una fecha para la acción. Respecto a este tema, a inicios de noviembre pasado, el procurador general Íñigo Salvador lamentó que la mayoría de los sentenciados esté prófuga y aclaró que estas medias de orden simbólico tendrán que realizarse exclusivamente con aquellas personas que están a disposición de la justicia.
En lo relacionado a que los condenados en esta causa realicen y acrediten un curso de cuando menos 300 horas académicas sobre ética laica y transparencia en administración pública, los jueces delegaron a la Fiscalía, como acusación oficial, y a la PGE, como acusación particular, para que hagan las gestiones y acciones pertinentes para que esta parte del fallo se cumpla.
Las dos entidades informarán al Tribunal el mecanismo adoptado, a efecto de que el órgano jurisdiccional realice a su vez los controles o verificaciones del cumplimiento de tal medida.
El Tribunal también dio a conocer en su providencia su declaratoria de «no ha lugar» al pedido formulado por la defensa de Rafael Correa para que se revoque la disposición de que se hayan dejado de pagar las pensiones vitalicias de expresidente y exvicepresidente de la República de Correa y Glas, respectivamente.
Para el análisis se toma en cuenta el primer inciso reformado del artículo 135 de la Ley Orgánica de Servicio Público, que habla de los beneficiarios y las pensiones, e indica que se fija una pensión vitalicia mensual a favor de expresidentes y vicepresidentes de la República: «(…) Exceptuase del beneficio establecido los mandatarios que no hubiesen concluido el período para el que fueron electos por haber sido cesados de acuerdo a una de las causales establecidas en la Constitución, o que hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito».
«Al existir norma expresa que manda aquello de la eliminación de las pensiones vitalicias, determinando con claridad los casos en los que aquello opera, que precisamente calza o se encuadra al proceso en el cual ahora nos encontramos en ejecución, y al ser un deber ineludible de los operadores de justicia, como el suscrito Tribunal de Ejecución, dar cumplimiento a la ley, lo cual así fuera dispuesto, deviene que no ha lugar el pedido de revocatoria formulado por el sentenciado Correa Delgado», concluyen en su providencia los jueces.
Salvador, el 6 de noviembre pasado, informó que una semana antes el Ministerio de Economía y Finanzas ya le comunicó que los pagos por pensiones para Correa y Glas ya habían sido suspendidos.
Además, el Tribunal decidió rechazar el pedido de suspensión condicional de la pena hecha por Alberto Hidalgo, quien recibió una sentencia reducida de 32 meses de cárcel; declaró que no ha lugar el planteamiento de Ramiro Córdova, quien al no tener dinero para pagar los $ 778.000 de reparación integral pidió se derive el tema a una mediación, solicitud que incluso fue rechazada por la PGE.
En cuanto al trámite de extradición para los sentenciados que no se han presentado a cumplir con su condena y que se hallan fuera del país, encontrándose ya en curso los trámites de difusión roja ante Interpol, trámite que corresponde a la presidencia de la CNJ, el Tribunal dispuso que secretaría, de manera inmediata, ponga en conocimiento de dicha autoridad la presente providencia, y remita copias debidamente certificadas de las sentencias emitidas en este proceso, la razón de ejecutoría y los autos dictados hasta este momento en la fase de ejecución. (I)