Ejecutivo plantea tipificar como delito la elusión de procesos en la contratación pública
El presidente de la República, Lenin Moreno, remitió a la Asamblea Nacional un proyecto que reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica como delito la elusión en procedimientos de contratación pública durante una emergencia, de modo arbitrario, en provecho propio o en beneficio de un tercero.
El delito de elusión se sancionará cuando: No tenga sustento la emergencia; cuando haya sobreprecio; cuando se compren bienes o servicios que no tengan relación directa con la emergencia; y, cuando se impidan las acciones de control.
El proyecto que ingresó a la Asamblea Nacional el pasado 24 de mayo, tras la presentación del Informe a la Nación por parte del Primer Mandatario, señala que esta dirigido a sancionar la corrupción en procesos de contratación pública en emergencia, para lo cual castiga con cárcel y multa a quien elude los procedimientos de contratación pública.
Incluye una herramienta para que la Fiscalía General del Estado, en delitos de elusión de procedimientos de contratación pública, obligatoriamente solicite al juez disponga como medida cautelar la suspensión de la contratación que se encontrare en curso en cualquiera de sus fases así como la suspensión de pagos que se encuentren en trámite.
Además, se incluye una lista de penas y sanciones de acuerdo a la gravedad del delito, y se suma la elusión de procedimientos pre-contracturales y contractuales en emergencia dentro de las inhabilidades para contratar con el Estado.
En el documento, el Primer Mandatario lamenta que los procesos de adquisición de una gran cantidad de insumos para cubrir las necesidades de asistencia médica y humanitaria, durante la emergencia sanitaria derivada por el COVID-19, se hayan visto empañados por vergonzosos y reprochables actos de corrupción que no pueden repetirse. (I)