CNE apela sentencia de juez electoral para que el TCE decida suspender a cuatro organizaciones políticas

El Pleno del TCE tiene 15 días para resolver el recurso desde que se admite a trámite.
Punto Noticias.- Como estaba previsto, el Consejo Nacional Electoral (CNE), apeló la sentencia del juez electoral, Fernando Muñoz, que anuló la resolución del pasado 19 de julio.
Esa fecha, el CNE suspendió a los movimientos Fuerza Compromiso Social, Justicia Social, Libertad es Pueblo y Juntos Podemos.
La presentación del documento estaría dentro del plazo legal y le corresponderá al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolver este recurso, sobre todo, cuando hay fallos contradictorios de otros jueces electorales sobre la situación de estas organizaciones políticas.
En el fallo publicado el 1 de agosto por el juez Muñoz, se acoge el recurso subjetivo contencioso electoral presentado por el movimiento Justicia Social, argumentando que la resolución del CNE no es “expresa, clara, legítima y lógica” y que se basa en un informe jurídico cuyos razonamientos “no tienen el debido sustento ni la conexión lógica con los hechos”.
Mientras, el juez electoral, Ángel Torres, al conocer un recurso similar interpuesto por el movimiento Juntos Podemos lo inadmitió bajo el argumento que la suspensión es parte de un proceso administrativo que aún no finaliza.
Bajo esta misma lógica, la jueza Patricia Guaicha no dio paso al recurso presentado por el movimiento Libertad es Pueblo, liderado por Gary Moreno, hermano del presidente Lenín Moreno.
Con esta nueva acción del CNE, el Pleno del TCE tiene 15 días desde que se admite a trámite el recurso para resolverlo.
En el caso de que se ratifique la sentencia del juez Muñoz, la suspensión de los cuatro movimientos políticos queda anulada. Pero si el Tribunal decide no ratificar el fallo de Muñoz, la suspensión queda en firme. Pero ninguna de las dos decisiones anula el proceso administrativo iniciado por el Consejo Nacional Electoral por la presunta inscripción irregular de dichos movimientos, de acuerdo a un informe elaborado por la Contraloría General del Estado.
Fuente: Expreso, CNE, redes sociales