
El permiso por nacimiento en España se amplía a 17 semanas
El permiso por nacimiento en España se amplía a 17 semanas: esto es lo que cambia en 2025. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
El permiso por nacimiento en España se amplía a 17 semanas
Buenas noticias para quienes están a punto de ser madres o padres en España. A partir de 2025, el permiso por nacimiento de hijo se amplía a 17 semanas para cada progenitor, según ha anunciado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El cambio entrará en vigor en las próximas semanas y supondrá una mejora directa para miles de familias, ya que incrementa el tiempo de cuidado sin afectar al salario ni a la cotización del trabajador. Es un paso más hacia la igualdad y la conciliación, y se enmarca dentro del nuevo reglamento europeo de conciliación laboral y familiar que España se ha comprometido a cumplir.
¿Qué implica esta nueva ampliación?
Hasta ahora, tanto madres como padres disfrutaban de 16 semanas de permiso por nacimiento, intransferibles y retribuidas al 100 %. Con esta modificación, ambos pasarán a tener 17 semanas, una más que hasta ahora, con las mismas condiciones económicas y legales.
Este cambio afecta a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena y por cuenta propia, siempre que estén dadas de alta en la Seguridad Social y cumplan los requisitos mínimos de cotización. Se aplicará también en los casos de adopción y acogida.
¿Y si soy autónomo?
La ampliación del permiso también se aplica a los trabajadores autónomos, siempre que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y al corriente de sus cotizaciones.
En este caso, el proceso funciona de forma similar al de los trabajadores por cuenta ajena:
- Se debe solicitar el permiso por nacimiento a través del INSS,
- y suspender la actividad profesional durante el periodo de disfrute.
Durante ese tiempo, el autónomo recibirá una prestación equivalente al 100 % de la base reguladora, que se calcula en función de la base de cotización del mes anterior al del nacimiento.
Además, no se exige contratar a otra persona para cubrir la actividad, como sí ocurría en normativas anteriores.
Este cambio no afecta únicamente a quienes están en empresas tradicionales. También es relevante para quienes han optado por un estilo de vida más flexible o trabajan desde casa. La conciliación también es para ellos.
¿Cuándo entra en vigor?
Aunque el decreto aún no ha sido publicado en el BOE, fuentes del Gobierno han confirmado que la medida se aplicará de forma generalizada antes de que finalice 2025, posiblemente a partir del último trimestre del año.
Desde el Ministerio aseguran que se trata de una decisión “necesaria” para seguir avanzando en el equilibrio entre vida laboral y familiar, y recuerdan que este tipo de permisos ayudan también a reducir las desigualdades en el entorno laboral y a favorecer el desarrollo del menor durante los primeros meses de vida.
¿Qué ocurre con las semanas obligatorias?
Se mantiene la obligación de que las primeras 6 semanas tras el nacimiento se disfruten de forma inmediata e ininterrumpida por ambos progenitores. El resto se puede distribuir de manera flexible dentro del primer año de vida del bebé, lo que permite adaptarlo a las necesidades reales de cada familia.
Además, siguen siendo intransferibles, es decir, si uno de los dos no las usa, no puede cederlas al otro. Esto busca asegurar que tanto madres como padres se involucren activamente en el cuidado desde el principio.
¿Cómo solicitar el permiso?
Como hasta ahora, el permiso debe solicitarse a través del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Puede hacerse online con certificado digital o Cl@ve PIN, y es recomendable iniciar el trámite con antelación para que se apruebe dentro de los plazos legales.