Reglamento para el funcionamiento vía remota de las actividades del Parlamento

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El instrumento fue aprobado por los integrantes del Consejo de Administración Legislativa.

Punto Noticias. Con el objetivo es regular la generación de sesiones virtuales del Pleno, del CAL y de las comisiones especializadas permanentes y ocasionales, así como la reglamentación sobre el teletrabajo emergente de los funcionarios de la Legislatura, El Consejo de Administración Legislativa expidió el respectivo reglamento.

La tarde de este jueves 19 de marzo, los integrantes del CAL sesionaron, de manera virtual, para analizar y aprobar el Reglamento para la Implementación de las Sesiones Virtuales y el Teletrabajo Emergente, frente a la declaratoria de emergencia sanitaria nacional y en base a las disposiciones del Gobierno Nacional y el Comité de Operaciones Emergentes (COE) Nacional.

Este instrumento permitirá guardar la legitimidad de las decisiones y los actos legislativos, según el secretario general del Parlamento, Javier Rubio. El documento fue aprobado por unanimidad de los miembros del CAL, destacó el presidente del Parlamento, César Litardo.

La resolución abarca tres capítulos: dos dedicados a las sesiones virtuales, mecanismos y responsables, además de las convocatorias, quórum y votación, a través de este mecanismo y acceso remoto a la curul electrónica.

Según explicó Litardo, el funcionamiento será el mismo que de manera presencial, con lo que se busca garantizar que los legisladores puedan participar y dar viabilidad a temas pendientes, a través de una participación remota, mediante dos plataformas digitales: una que servirá para el registro de los legisladores y su participación y otra para la votación.

En el segundo capítulo, sobre teletrabajo emergente, la resolución reglamenta esta modalidad para el personal legislativo, que, desde el pasado lunes 16 de marzo de 2020, se acogió a esta medida, para evitar riesgos de contagio por Coronavirus y en acatamiento a las disposiciones de las autoridades del país.

Esta modalidad emergente permite a los servidores legislativos realizar sus actividades fuera de las instalaciones y dependencias de la sede legislativa, para el efecto se usan tecnologías de la información y comunicación.

También, de manera unánime, el CAL ratificó la suspensión de actividades físicas de la Asamblea, debido a la emergencia sanitaria nacional por el Covid-19. De igual manera, se autorizó a las comisiones permanentes y ocasionales la realización de convocatorias a sesiones virtuales, en apego a lo que determina la Ley de la Función Legislativa y el Reglamento de las Comisiones. Finalmente se dispuso al área de Tecnologías de la Información, provea del soporte tecnológico para desarrollar las sesiones virtuales.

Fuente: Asamblea Nacional.

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