Cálculo del subsidio por enfermedad IESS

El IESS no puede negar atención médica por falta de aportes

El IESS no puede negar atención médica por falta de aportes. La Corte Constitucional del Ecuador informó que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, (IESS) no puede negar atención médica por mora en aportes. La Corte Constitucional informó que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) no puede negar la atención médica a sus afiliados, aunque presenten retrasos de sus aportaciones. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

 

El IESS no puede negar atención médica por falta de aportes

El organismo puso por ejemplo, el caso de Doris Janeth Escobar, una persona con discapacidad por enfermedad catastrófica que no recibió atención oportuna por parte del Hospital Teodoro Maldonado Carbo.

El caso se remonta al año 2021, cuando Doris afiliada al seguro del artesano desde 1979, fue diagnosticada con cáncer de mama y colon.

Pese a su delicado estado de salud, el Hospital le condicionó la atención médica al pago de sus aportaciones atrasadas, situación que vulneró su derecho a la salud.

La Corte, en ese entonces, determinó que exigir a una persona enferma estar al día en sus aportes antes de recibir tratamiento vulnera los principios constitucionales, especialmente cuando se trata de personas en situación de doble vulnerabilidad.

Además, dejó en claro que el IESS no podía cobrar a Escobar los costos médicos a través de glosas administrativas ni iniciar procesos coactivos para retener su pensión, como ocurrió en el caso de Doris.

El Estado debe garantizar atención médica digna, oportuna y gratuita, sin excluir a nadie por el estado de sus aportes”, enfatizó el fallo, que ordenó medidas de reparación a favor de la afectada.