Ministerio del Trabajo señala que exvocal del CJ, Fausto Murillo, no tiene impedimento legal para ejercer su cargo

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El exvocal fue removido por el Cpccs debido a que recibió una compensación de USD 30.000 en el 2012 para desenrolarse de la Función Judicial. Pero el ministro de Trabajo consideró que la remoción no fue motivada legalmente.

Punto Noticias.- Fausto Murillo, quien fue removido de su cargo como vocal del Consejo de la Judicatura (CJ), no tiene impedimento legal para ejercer funciones. Así lo determinó un nuevo informe suscrito por el ministro del Trabajo, Patricio Donoso.

En el oficio de este 11 de junio de la Cartera de Estado se señala que la decisión contra Murillo no fue motivada legalmente y que el oficio suscrito por el exministro de Trabajo, Andrés Isch, el pasado 20 de abril, no tendría sustento. Por lo tanto, no sería aplicable para los vocales del Consejo de la Judicatura.

El pasado 23 de abril, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) con cuatro votos a favor resolvió remover de la vocalía del CJ a Fausto Murillo, acogiendo ese informe del exministro Isch.

Un mes y medio después y ya con el cambio de ministro, se atendió un recurso de revisión presentado por Murillo el 8 de junio pasado.

Con esta nueva resolución suscrita el 11 de junio, se señala que la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) es aplicable solo de “manera subsidiaria a los servidores de la carrera administrativa de la Función Judicial”, por lo que los vocales del Consejo de la Judicatura, “si bien son servidores judiciales administrativos, al ser nombrados para un período fijo de seis años y en virtud del artículo 42 del Código Orgánico de la Función Judicial, no pertenecen a ninguna carrera y, por ende, no les es aplicable la Ley Orgánica del Servicio Público”.

El documento, además, aclara que el artículo 226 de la Constitución determina que el “límite de la competencia de los servidores públicos es lo expresamente establecido en ella y en la ley; en tal virtud, los servidores públicos no pueden hacer más allá de lo que dichas normas expresamente señalan, cuando sus actuaciones pueden generar afectaciones a los derechos constitucionales de los administrados como ocurre en el caso materia de este análisis”.

Con ese antecedente, se determinó que Murillo “no tiene impedimento para el ejercicio de las funciones de vocal del Consejo de la Judicatura”, a pesar de que el Cpccs lo sacó del cargo con los votos de Sofía Almeida (presidenta del Consejo de Participación y proponente) y de los consejeros Javier Dávalos, Ibeth Estupiñán y María Fernanda Rivadeneira. Los votos en contra fueron de Hernán Ulloa y Francisco Bravo y la abstención de David Rosero.

La mayoría del Consejo acogió el informe del exministro Isch, en el que se esgrimió que Murillo estaba impedido para ejercer funciones porque recibió una compensación de USD 30.000 en el 2012 para desenrolarse de la Función Judicial.

A esto se sumó el hecho que para regresar al servicio público sin devolver dicha compensación podía hacerlo para cargos de libre nombramiento y remoción, y que en este caso la vocalía del CJ es un cargo de período fijo.

Murillo fue elegido en un concurso por ternas que realizó el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio y tomó posesión en la Asamblea Nacional en enero del 2019.

En ese entonces, ese impedimento fue observado por una comisión técnica que revisó los requisitos de los candidatos, pero el Pleno ratificó la designación.

Murillo explicó que su cargo no era permanente sino por seis años y que era susceptible de juicio político en la Asamblea Nacional. Pero dos años y cuatro meses después, Isch reaccionó ante este tema.

Después de su remoción, Murillo planteó acciones de protección en la justicia ordinaria, que finalmente le dieron la razón al Cpccs.

Ahora, con la nueva resolución, el exvocal indicó que esperará que el Consejo de Participación Ciudadana sesione y conozca el informe que deja sin efecto lo que considera su “ilegal remoción”-

En su cuenta de Twitter, el consejero del Cpccs, Hernán Ulloa, dio a conocer que el Consejo ya fue informado sobre esta resolución y escribió que pedirá a Almeida que convoque a una sesión extraordinaria para abordar este tema conforme a derecho.

🔴#ATENCIÓN | Hernán Ulloa, del Consejo de Participación Ciudadana, informa que Fausto Murillo no tendría impedimento para ejercer el cargo de Vocal del @CJudicaturaEc.

Esto tras una resolución del @MinTrabajoEc que revoca el informe del exministro @andresisch.⬇️ pic.twitter.com/NfJAQUXpPI

— Pichincha Comunicaciones (@pichinchauniver) June 12, 2021

Fuente: Twitter, redes sociales

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