Consejo de la Judicatura resuelve restablecer parcialmente la atención a nivel nacional en medio de medidas de bioseguridad por el COVID-19

Quito –

El Consejo de la Judicatura (CJ) resolvió, el jueves último en sesión ordinaria del Pleno, restablecer parcialmente las actividades jurisdiccionales en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y Cortes Provinciales de Justicia a nivel nacional desde el 11 de mayo próximo. El objetivo es despachar los procesos judiciales que se encuentran en trámite en sus dependencias, tanto en el sistema oral como escrito, en la forma que dispongan los jueces.

Según el documento, se priorizará la utilización de los medios telemáticos en las plataformas virtuales que determine el CJ, de conformidad con la Constitución y la ley.

Paralelamente a la implementación de la ventanilla virtual, para el ingreso exclusivo de escritos firmados electrónicamente, se habilitarán ventanillas físicas para la recepción de escritos en la CNJ y las Cortes Provinciales de Justicia, cumpliendo el protocolo de bioseguridad expedido por el Director General del CJ.

Las instancias en las que parcialmente se establecerán las actividades deberán establecer un mecanismo de turnos para la presentación de escritos, a fin de evitar la aglomeración o concurrencia masiva de los usuarios en las ventanillas.

El artículo 4 de la resolución explica sobre las garantías jurisdiccionales que las mismas se regirán a lo dispuesto en la Resolución 038-2020, de 17 de abril pasado, es decir, la presentación de acciones y de escritos no está sujeta al mecanismo de turnos y se receptarán sin limitaciones.

Se aclara también que los jueces que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio del virus de COVID-19 conocerán y resolverán causas relativas a garantías jurisdiccionales, sin excepciones, a través de medios telemáticos.

Sobre los protocolos de bioseguridad, la resolución indica que la CNJ aplicará su protocolo de bioseguridad, mientras que las Cortes Provinciales el protocolo emitido por el CJ. Ambos protocolos tienen el fin de precautelar la vida y salud de los servidores judiciales y los usuarios.

Como disposiciones generales, el CJ apunta que la CNJ y las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura definirán las modalidades, los horarios laborales, los horarios para la recepción de escritos en las ventanillas físicas y la determinación del personal mínimo que se requiera para el cumplimiento de las labores.

También para el establecimiento del horario de atención en las ventanillas virtuales, las instancias involucradas coordinarán con la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del CJ.

La CNJ, dentro de la esfera de sus atribuciones, emitirá una guía para la realización de videoaudiencias y el CJ determinará las especificaciones técnicas a observar por parte los juzgadores, para garanticen el normal desenvolvimiento de las mismas.

Finalmente, los servidores jurisdiccionales de la CNJ y las Cortes Provinciales de Justicia que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio del COVID-19, como edad superior a los 60 años, estado de gestación, en período de lactancia, patologías crónicas e inmunodeprimidos o el padecimiento de comorbilidades, debidamente justificadas, desarrollarán sus labores mediante los mecanismos telemáticos que el CJ les facilitará, para lo cual deberán coordinar con las respectivas Direcciones. (I)