DGT permite circular a 150 kmxhora en estos casos
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La DGT ya permite circular a 150 km/hora pero solo en estos casos
Los límites de velocidad son una de las formas más usuales de controlar que el tráfico circule en condiciones de seguridad. Por norma general, se ha establecido que en nuestro país se pueda circular como máximo a 120 kilómetros por hora. Sin embargo, hay una excepción en el Reglamento General de Vehículos que eleva esta cifra a los 150 km/h.
El exceso de velocidad o una velocidad inadecuada es uno de los principales factores de riesgo en la carretera. Uno de cada cinco accidentes de tráfico con víctimas se puede relacionar directamente con el exceso de velocidad.
Velocidad máxima en España
Por defecto, la velocidad máxima permitida en nuestro país es de 120 kilómetros por hora. Para ello, el vehículo tiene que ser un turismo o motocicleta y circular por autopista o autovía. De lo contrario, el resto de vehículos tienen una velocidad más moderada para no ser multados.
Hay varias excepciones a la norma de circular a 120 km/h como máximo y sin exponerse a recibir una multa. Los vehículos de emergencia, como los de la Guardia Civil, la Policía Nacional o las ambulancias pueden circular a más velocidad de la permitida para la vía. En estos casos no hay un nuevo límite, sino que hay una horquilla sobre la que deben circular sin poner en peligro al resto de usuarios de la vía. También se puede incluir en este grupo otros servicios como guardaespaldas y demás cuando se desplazan en convoyes.
Sin embargo, no son los únicos que pueden circular a 150 km/h. Hay una excepción que figura en el artículo 47 del Reglamento General de Vehículos que te permite circular hasta a 150 km/h de forma legal en autopista. Son concretamente los vehículos que portan la señal V12.
El comodín de la señal V12
Los vehículos que cuenten con la señal V12, también en forma de pegatina para llevar en el coche, podrán circular a 150 km/h. Esto quiere decir que ese vehículo se encuentra realizando pruebas especiales o ensayos de investigación, para lo cual necesita ir a altas velocidades.
Tráfico te permitirá superar hasta en 30 km/h la velocidad máxima legal para esa carretera, pero hay algunos aspectos a tener en cuenta. El primero es que la carretera se haya cerrado previamente al tráfico. Pero esto no es condición necesaria. La vía, en ese caso, podrá estar señalizada para alertar al resto de conductores de que se está realizando dicha prueba y que no se lleven un buen susto pensando que un loco anda suelto.
El segundo aspecto a cumplir a pies juntillas es que no podrá llevarse a efecto por vías urbanas, travesías o tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad. Se restringe por tanto la realización de pruebas especiales con coches a autovías y autopistas.
Además
Una prueba o ensayo de investigación extraordinarios en vías de uso público, abiertas al tráfico general de usuarios es toda actividad con fines científicos, utilizando un vehículo para examinar el comportamiento técnico de éste o de sus componentes en circulación o para hacer estudios relacionados con la seguridad, movilidad y fluidez de la circulación vial o elementos estructurales de la misma.
Para la realización del ensayo, el vehículo utilizado deberá contar una autorización para pruebas o ensayos extraordinarios que deberás solicitar a la autoridad competente en materia de tráfico y seguridad vial. La solicitud se hace para un único ensayo y vehículo o conjunto de vehículos en el que la duración máxima del ensayo sea de un año y no existe limitación para el número de conductores e itinerarios a recorrer.