Instrucción fiscal por peculado contra asambleísta Yofre Poma pone en riesgo la suspensión de su pena de cárcel

Quito –

Desde ayer, el asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC) y exalcalde de Lago Agrio, Yofre Poma, y cuatro personas más enfrentan una instrucción fiscal de 90 días por el delito de peculado. El presidente de la Corte de Justicia de Sucumbíos, Juan Salazar, dio paso a la solicitud hecha por el fiscal provincial de Sucumbíos, Carlos Jiménez, durante la audiencia de formulación de cargos.

Inicialmente fueron convocadas seis personas para la formulación, pero la audiencia fue solo hecha para Poma -quien deberá presentarse una vez al mes y tendrá prohibición de salida del país-, Germán V. -quien por ser de la tercera edad deberá presentarse periódicamente- y Luz M., Fanny L. y Clara A., quienes recibieron prisión preventiva.

Todos son acusados del delito de peculado que tendría relación con la venta en 2014 de un terreno de propiedad del Municipio de Lago Agrio, en el que podrían existir irregularidades en cuanto a su costo. Poma era el alcalde del cantón Lago Agrio, en la provincia de Sucumbíos, al momento en que se habrían dado los hechos investigados.

Gustavo García, abogado de Poma, dice no entender cómo se inicia un proceso penal cuando ya existe una determinación de responsabilidad civil y hay una glosa en Contraloría por ese mismo hecho. «Cómo puede haber una glosa, que es un tema de negligencia, de descuido, frente a un peculado que es doloso. Se están contradiciendo».

A decir de García, las motivaciones políticas siguen moviendo temas judiciales contra su cliente. Según él, esta nueva instrucción podría afectar a Poma, pues se abre la posibilidad de que Fiscalía pida que se revoque la suspensión condicional de la pena de un año y cuatro meses de cárcel que recibió por el delito de paralización de servicio público, ocurrida durante las protestas de octubre del 2019.

El artículo 631 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que «la persona sentenciada durante el periodo que dure la suspensión condicional de la pena cumplirá con las siguientes condiciones» y enumera diez, siendo la última que no deberá el sentenciado «tener instrucción fiscal por nuevo delito».

El que se revoque la suspensión condicional de la pena significaría, a decir de García, que su cliente pueda volver a la cárcel para cumplir el resto de la pena. Pese a ello, él asegura que en el momento que la Fiscalía solicite algo parecido, él apelará la decisión, pues, incluso, aún debe resolverse el recurso de casación que han interpuesto. (I)