
Décimo Tercero Compliance y Riesgo Laboral
El “Hard Deadline” del 24 de Diciembre: Un Riesgo Latente para la Inversión Extranjera. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
En el derecho corporativo ecuatoriano, pocas fechas son tan críticas como el 24 de diciembre. Para un Gerente General o un CFO, esta fecha no marca solo una festividad, sino un hard deadline regulatorio cuyo incumplimiento activa mecanismos de coactiva inmediatos.
He observado un patrón recurrente en las filiales de empresas multinacionales que aterrizan en Ecuador: subestimar la complejidad de la “Base de Cálculo”. El error no suele estar en la falta de fondos, sino en la interpretación normativa. Omitir comisiones, bonos recurrentes o el recargo de horas suplementarias en el cálculo del promedio anual no es un simple error administrativo; es una infracción laboral directa tipificada en el Código de Trabajo.
El riesgo real no es la multa inicial de 3 a 20 Salarios Básicos Unificados (SBU). El riesgo real es el desprestigio reputacional y la apertura de una brecha para demandas laborales masivas, donde la carga de la prueba recae enteramente sobre el empleador. Una nómina mal estructurada es una invitación a la fiscalización.
Caso de Estudio: La Contingencia Oculta de “Logística Global S.A.”
Recientemente, asesoramos a una firma de logística internacional (nombre protegido) que operaba en Quito bajo un modelo de comisiones por cumplimiento de rutas. Su departamento interno de RR.HH., utilizando un software genérico no parametrizado para Ecuador, calculó el Décimo Tercer Sueldo basándose únicamente en el salario fijo de sus 150 choferes, excluyendo las comisiones variables y las horas extras.
El Problema: Tras una denuncia anónima y una inspección focalizada del Ministerio de Trabajo, se determinó que la empresa había pagado de menos durante tres periodos fiscales consecutivos.
La Intervención de Deltech:
- Auditoría Laboral Forense: Reconstruimos la base de cálculo real de los últimos 36 meses.
- Regularización: Gestionamos las actas de finiquito reliquidadas para evitar juicios laborales.
- Solución Estructural: Migramos su nómina a nuestro servicio de Outsourcing de Nómina.
El Resultado: La empresa mitigó una contingencia de más de $45,000 en potenciales litigios y ahora opera con una estructura de costos 100% predecible y blindada legalmente.
Analogía Legal: El Décimo Tercero como un “Dividendo Regulatorio”
Para simplificar este concepto a su Junta Directiva en el extranjero, no piense en el Décimo Tercer Sueldo como un “regalo” o un “bono”. Piénselo como un Dividendo Preferente Obligatorio.
Imagine que sus empleados son accionistas preferentes que tienen derecho a un “dividendo” garantizado equivalente a la doceava parte de todo lo que la empresa les generó en el año. Al igual que con los dividendos societarios, si el cálculo de la utilidad (en este caso, la remuneración anual) es incorrecto, usted está cometiendo fraude contra ese accionista. La diferencia es que aquí, el regulador (el Estado) actúa de oficio para proteger ese pago. Su rol como empresa es el de un agente de retención y pago exacto; fallar en el centavo es fallar en la obligación.
Checklist Normativo: Auditoría de la Base Imponible (Art. 111 Código de Trabajo)
Como asesora legal, a menudo me preguntan: “¿Doctora, esto entra o no entra en el cálculo?”. Para eliminar la ambigüedad, he preparado esta lista taxativa basada en la jurisprudencia actual:
RUBROS QUE SÍ INGRESAN (Constituyen Remuneración):
- Sueldo Mensual: La base fija estipulada en el contrato.
- Horas Extras y Suplementarias: El trabajo fuera de jornada es remuneración variable y debe promediarse.
- Comisiones: Todo valor por ventas o cumplimiento de metas.
- Bonos Recurrentes: Si el bono es habitual (ej. bono de eficiencia mensual), la ley lo considera parte del salario.
RUBROS QUE NO INGRESAN (No Constituyen Remuneración):
- Participación de Utilidades: Es un derecho societario, no salarial.
- Viáticos y Gastos de Viaje: Son reembolsos operativos, no ingresos.
- Décimo Cuarto Sueldo: Es un beneficio social distinto.
- Aporte Patronal al IESS: Es una obligación de la empresa, no ingreso del trabajador.
- Beneficios Sociales de Ley: Fondos de reserva.
Refutando la Objeción: “¿Perderé el control si externalizo?”
Es común escuchar en la mesa de directores: “Si entregamos la nómina a un tercero (Outsourcing), perdemos el control de nuestra gente”.
Desde una perspectiva legal, la realidad es la opuesta. Mantener la nómina in-house con personal no especializado aumenta el Riesgo de Ejecución. Al contratar un Outsourcing de Nómina con Deltech, usted no está “tercerizando la responsabilidad” (esa siempre es suya), está tercerizando el riesgo operativo.
Usted mantiene el control estratégico (cuánto pagar, a quién contratar), mientras nosotros garantizamos la precisión quirúrgica del cálculo, las retenciones y las notificaciones al Ministerio. Es una inversión en blindaje legal que libera a su equipo para enfocarse en el Core Business.






