Los despidos ilegales nada tienen que ver con la Ley de Apoyo Humanitario, sostiene el asambleísta Héctor Yépez

Imagen: Pichincha Comunicaciones
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Considera que la actuación de la Legislatura defiende los derechos del trabajador.

Punto Noticias. Luego de que la Asamblea Nacional resolvió el veto parcial del Ejecutivo, el proyecto de Ley de Ayuda Humanitaria, será remitida al registro oficial para su promulgación, a partir de lo cual se convertirá en ley de la República.

Los legisladores impusieron su criterio sobre la objeción del Gobierno en torno a la disposición interpretativa única del numeral 6 del art. 169 del Código de Trabajo, en relación a la aplicación de la figura de “fuerza mayor” para el despido de trabajadores.

El presidente de la República propuso que esta figura no esté ligada al cierre de las empresas. Los parlamentarios ratificaron que el despido por fuerza mayor requerirá el cierre total de la empresa.

El texto aprobado quedó: “En estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica. Esto quiere decir que habrá imposibilidad cuando el trabajo no se pueda llevar a cabo tanto por los medios físicos habituales como por medios alternativos que permitan su ejecución, ni aún por medios telemáticos”.

Héctor Yépez, asambleísta de CREO, señaló que, de esta manera, la Legislatura busca que el empleador cumpla con lo que manda el Código de Trabajo, que dispone que cuando un trabajador es separado de su puesto, sin visto bueno o renuncia de por medio, es despido intempestivo, por lo que debe ser indemnizado, hasta el último centavo, de acuerdo con lo que dispone la normativa.

Salvo que exista fuerza mayor, a criterio de Yépez, como cuando un negocia quiebra no por culpa del dueño. En este caso no hay despido intempestivo.

Comentó que algunos empleadores y empresarios se aprovecharon de la crisis, provocada por la pandemia, para despedir a los trabajadores con más años de antigüedad, sin pagar las correspondientes indemnizaciones, apelando al caso fortuito y fuerza mayor, sin cerrar o liquidar la empresa o negocio, como estipula la ley.

A decir del parlamentario, los despidos ilegales nada tienen que ver con la Ley de Apoyo Humanitario, porque no está en vigencia, por lo que no hay que culpar a esta normativa de los casos registrados.

Respecto de la reducción de la jornada laboral y, por tanto, la disminución del salario, Yépez manifestó que la Legislatura se allanó al veto del Ejecutivo, que plantea un acuerdo entre empleador y empleado, con la finalidad de evitar despidos.

Aclaró que, según la normativa, no se podrá rebajar el sueldo a un monto menor del salario básico unificado y que el acuerdo máximo será de un año, renovable (es decir dos años en la práctica).

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