Asamblea Nacional aprueba proyecto de ley que prohíbe el consumo y el microtráfico de drogas en espacios públicos y en eventos masivos
Con 128 votos la Asamblea Nacional aprobó un proyecto de ley que prohíbe el consumo de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos y eventos de masivos, y posibilita a los agentes municipales o metropolitanos aprehender a personas en delito flagrante por microtráfico.
El proyecto permite el monitoreo y vigilancia al interior y exterior de los centros educativos públicos y privados, para prevenir el uso y consumo de drogas. Esas tareas las realizará la policía nacional en coordinación con las autoridades educativas y los gobiernos autónomos descentralizados.
Con lo aprobado se encarga a los municipios determinar los espacios públicos, bienes de uso público y bienes afectados al servicio público en los cuales se regulará, prohibirá y controlará el uso y consumo de drogas.
Además toda actividad de prevención, disuasión, vigilancia, control del uso y consumo de drogas en espacios públicos estará a cargo de los cuerpos de agentes de control municipal o metropolitano y de la policía nacional.
Con esto se dispone que “agentes de control municipal o metropolitano, en ejercicio de sus funciones de control del espacio público, deberán aprehender a quien sea sorprendido en delito flagrante de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización y entregarlo de inmediato a la policía nacional”.
Se aclara que en ningún caso se incluirán normas o se ejecutarán acciones que impliquen la criminalización del consumo o sean contrarias a los derechos constitucionales.
Para la vigilancia sobre expendio y consumo de droga en las instituciones educativas se permite la instalación de cámaras de seguridad vinculadas al Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 o a la entidad que haga sus veces; y, en los lugares donde no sea posible la instalación de dichos equipos.
Además se podrá disponer la presencia de la policía nacional o agentes municipales o metropolitanos en las afueras de los establecimientos, especialmente en los horarios de entrada y salida de clases, con el fin de que garanticen la seguridad integral de los estudiantes.
Se crea un Fondo Nacional para la Prevención Integral de Drogas, que estará conformado por todos los bienes y valores incautados provenientes del procesamiento de los delitos de producción o tráfico ilícito de drogas, así como del producto de su gestión, administración y venta por parte de la entidad encargada de la administración y gestión inmobiliaria del Estado, de las asignaciones que correspondan en el presupuesto del Estado central, de las contribuciones de personas naturales y jurídicas privadas y los recursos de cooperación internacional que se destinen para los fines de esta Ley.
La administración del fondo estará a cargo del Comité Interinstitucional y sus recursos servirán para financiar o cofinanciar las responsabilidades asignadas en esta ley a los gobiernos autónomos descentralizados, las demás instituciones públicas que integran el Comité Interinstitucional y la Secretaría Técnica de Drogas.
Los gobiernos autónomos descentralizados tienen 12 meses, contados a partir de la vigencia de la ley, para emitir las regulaciones necesarias para hacer efectiva esta política.
Los municipios podrán ejecutar programas, planes y proyectos de prevención del uso y consumo de drogas, y estos deberán enfocarse en la sensibilización y orientación de la comunidad, teniendo en cuenta las diferencias específicas de género, etnia, cultura y condición de reclusión o situación de calle. También promoverán el uso adecuado del tiempo libre de las niñas, niños y adolescentes a través de actividades culturales, deportivas, recreativas y pedagógicas.
Inicialmente el proyecto incluía un texto que regulaba los contenidos en los medios de comunicación respecto al uso y consumo de drogas, así como prohibición de la difusión de películas y programas que inciten o veneren el tráfico, uso y consumo de drogas; pero este texto fue excluido por el presidente de la comisión de Gobiernos Autónomos y Descentralización, Héctor Yépez, por no existir consenso. (I)