Suspendida la revisión técnica vehicular en Quito para el 2020

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Con 12 votos a favor, el Concejo Metropolitano aprobó la ordenanza, tras reconsiderar la negativa de la semana anterior.

Punto Noticias:El martes 28 de julio de 2020 en Sesión Ordinaria Nro. 81 del Concejo Metropolitano de Quito, se sometió a reconsideración la votación del proyecto de Ordenanza que modifica el Código Municipal con el objetivo de establecer un prorroga a la Revisión Técnica Vehicular (RTV) en la capital.

El @ConcejoQuito, tras haber reconsiderado la votación, resolvió aprobar el proyecto Ordenanza Metropolitana Reformatoria del Código Municipal para el DMQ relacionada con el servicio público de revisión técnica vehicular.#ConcejoAbiertoQuitopic.twitter.com/aZZVqD6LEj

— Concejo de Quito (@ConcejoQuito) July 28, 2020

La anterior semana el Concejo Metropolitano no aprobó el proyecto de ordenanza por falta de votos favorables para dicha decisión.

El concejal Mario Granda fue el proponente de la moción para reconsiderar la votación de la sesión extraordinaria del pasado 23 de julio, cuando la propuesta de la normativa no tuvo el apoyo necesario.

La reconsideración y aprobación de la ordenanza propuesta por el vicealcalde Santiago Guarderas obtuvo 12 votos afirmativos, seis en contra y cuatro abstenciones, incluida la del alcalde de Quito Jorge Yunda.

Guarderas insistió en que el espíritu de la Ordenanza es precautelar la seguridad de quienes deben asistir a cumplir el trámite y evitar aglomeraciones.

El procurador del Municipio, Dunker Morales, dijo que se trata de una prórroga del certificado de revisión técnica del 2019 durante el 2020 para los vehículos particulares. En el caso de los automotores de transporte público y comercial, la prórroga es semestral, es decir, ese tipo de transportación deberá pasar una sola vez la revisión el segundo semestre del 2020. Este aspecto fue criticado por el Concejal Luis Reina del bloque de Compromiso Social por la Revolución Ciudadana quien considera que la prórroga se debería aplicar para las dos revisiones anuales del transporte público y se deben implementar otros mecanismos de control técnico para garantizar la seguridad de prestadores y usuarios.

La Ordenanza además incluye que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) deberá tener disponible el servicio “previa la aprobación de la calendarización por parte de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT)”.

La normativa también incluye una disposición en la que se establece que si no hay la aprobación de la calendarización por parte de la ANT hasta el 1 de septiembre del 2020, existirá una prórroga para los vehículos de transporte público y comercial, y no deberán presentarse al proceso este año. (C.D.A.)

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