Cómo solicitar la ayuda de 525 euros para jubilados que viven de alquiler
El Imserso cuenta con una prestación económica dirigida a titulares de pensiones no contributivas que residan de alquiler para los jubilados mayores de 65 años que no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social o que no han alcanzado el mínimo de años legales para percibir una pensión contributiva. Para cobrar la ayuda, se deberá residir en territorio español por diez años o carecer de ingresos superiores a los 7.250,60 euros. Además, la ayuda se podrá recibir en caso de invalidez, dirigida a todas las personas de entre 18 y 65 años con una discapacidad igual o superior al 65%. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
Este tipo de pensiones, financiadas por los Presupuestos Generales del Estado, están diseñadas para asegurar unos ingresos mínimos a personas que, al alcanzar la edad de jubilación, no han cotizado lo suficiente para recibir una pensión contributiva. El objetivo es garantizar que puedan llevar una vida digna y cubrir sus necesidades básicas de manera adecuada. Además, estas pensiones no contributivas se destinan no solo a jubilados, sino también a personas con discapacidad, proporcionando un apoyo económico fundamental para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Un pago único de 525 euros
Recibir esta pensión no contributiva es uno de los requisitos para optar a este complemento, que asciende a 525 euros anuales, según informa el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en su página web. Pero hay más condiciones:
- No se debe poseer una vivienda en propiedad y se debe ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No se puede tener una relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda ni constituir con él una unión estable.
- Se exige tener fijado el domicilio habitual en la vivienda alquilada, es decir, haber residido en ella por un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
- Si en la vivienda alquilada conviven dos o más personas con reconocida pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento quien sea el titular del contrato de arrendamiento. En caso de que haya varios titulares, el derecho corresponderá al que figure primero en el contrato.
Plazos y cómo solicitar la prestación
Como se trata de una ayuda anual, se puede solicitar en cualquier momento del año. El plazo concluye el 31 de diciembre y tiene efectos a un año. La solicitud deberá ser entregada a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que son los organismos encargados de gestionar las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
Esta ayuda de 525 euros anuales está destinada a jubilados que viven de alquiler y reciben una pensión de jubilación no contributiva. Su finalidad es proporcionar un complemento económico adicional para ayudar a cubrir los gastos del arrendamiento de su vivienda, asegurando así que estas personas puedan mantener un nivel de vida digno y afrontar sus necesidades básicas de alojamiento.