Cómo saber las cargas familiares de una persona en Chile
Cómo saber las cargas familiares de una persona en Chile. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Para los chilenos, esmuy importante ¿cómo saber las cargas familiares de una persona?, los ciudadanos se hacen muy frecuente esa pregunta porque, les permite disfrutar de un beneficio.
A continuación, te brindamos todas las herramientas necesarias para que lleves a fin tu trámite.
Índice
¿Cómo saber las cargas familiares de una persona?
A la hora de hacer el respectivo reconocimiento de su asignación familiar, el beneficiario debe acudir a cualquiera de los organismos encargados de administrar la asignación familiar.
Esos organismos son los siguientes:
- Primeramente tenemos al instituto de Previsión Social.
- También está el instituto de Seguridad Laboral.
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional es otro de los organismos a donde puedes acudir.
- De igual manera puedes acudir a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
- También está la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
- Por otro lado el organismo de Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
- Otra opción es la Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.
- Las Administradoras de Fondos de Pensiones.
- Tenemos también las Compañías de Seguros de Vida que paguen rentas vitalicias del D.L. N°3.500, de 1980.
- Por ultimo están las instituciones públicas centralizadas y descentralizadas.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Solo podrán solicitar la asignación familiar:
- Trabajadores y trabajadoras: sin importar si son dependientes o independientes que tengan una previsión que incluya asignación familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el AFP, los que hayan emitido boletas de honorarios, los que hayan hecho su cotización por cuenta propia o aquellos trabajadores que gocen de subsidio o que tengan derecho al fondo de cesantía.
- Los pensionados con cualquier régimen previsional, que goce de pensión de madre de los hijos, de pensiones básicas solidarias, de algún subsidio por discapacidad o que por el contrario hayan enviudado.
- También podrán solicitar la asignación, aquellas instituciones que tengan como finalidad la crianza de niños o alguna especie de casa hogar y los cuidadores de menores protegidos por alguna resolución.
Qué se necesita
- Si eres trabajador activo, necesitas tener a la mano original y copia de tu contrato de trabajo y de la planilla de pago de imposiciones de AFP correspondiente al último mes. Además, debes asistir con tu formulario de asignación familiar y el de declaración jurada de ingresos.
- Si eres pensionado presenta los certificados de alumno regular si tienes hijos mayores de 18 años de edad.
Montos
El monto siempre va a depender del ingreso del beneficiario, es decir, aquellos que reciban un ingreso mensual superior al tope, no recibirán pago de asignación pero sin dejar de ser carga ante la ley.
La condición de carga no se suspende por el solo hecho de que el monto de la asignación sea cero y seguirán gozando de beneficios en el sistema de salud y bienestar
El cobro de la asignación familiar, se puede hacer de diferentes formas dependiendo siempre del tipo de beneficiario.
De la siguiente manera:
- En el caso de los trabajadores dependientes el empleador paga junto con la remuneración sin importar la incapacidad laboral en la que el trabajador se encuentre.
- El IPS se le paga a los trabajadores independientes.
- De pago de los pensionados le corresponde a la misma entidad que le encarga de pagarles la pensión.
- En el caso del subsidios de cesantía éste si se cancela en conjunto con el subsidio.
¿Cómo acreditar una asignación familiar?
A la hora de acreditar tu asignación familiar, debes presentar el certificado de alumno regular, en caso de que tengas en tu carga algún estudiante que tengan más de 18 años y que sea menor de 24.
Si se trata de algún causante inválido, presenta el Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidéz.
Presenta tu Informe social en caso de que se trate de algún causante abandonado y fundamenta la condición de abandono.
Los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, no son estrictamente necesarios, debido a que el IPS los obtiene de forma gratuita.
Tampoco se requiere presentar contrato de trabajo ni cotizaciones previsionales pero, pueden ser solicitadas por la información que aportan al sistema.
Qué es la extinción de la carga
Cuando se incumple con los requisitos que se piden para la asignación familiar, automáticamente se extingue la carga familiar.
Entre las causales de extinción tenemos:
- El matrimonio de la Carga.
- Que la carga se convierta en mayor de edad.
- La independencia de la carga con respecto al beneficiario.
Requisitos
Al cese del derecho a causar asignación familiar son los siguientes:
- Por fallecimiento de la carga.
- Por haber superado la edad tope establecida.
- Por muerte.
Pasos a seguir
Para realizar el trámite de extinción debes:
- Dirigirse a alguna de nuestras sucursales con una Solicitud de Extinción debidamente firmada por ti y tu empleador, que incluya los motivos por los cuales se generó la extinción de la carga.
ÉXITO CON TU TRÁMITE!