Préstamo quirografario del BIESS

Cómo cobrar el seguro de vida incluido en el desgravamen de los préstamos hipotecarios del IESS

El crédito hipotecario del Biess incluye un seguro de desgravamen y un seguro de vida. Si se reclama el seguro de vida, los beneficiarios del afiliado o jubilado fallecido pueden recibir el valor que resulte de la diferencia del monto financiado con el crédito hipotecario y el saldo adeudado a la fecha del fallecimiento. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Al momento de firmar un crédito hipotecario o de vivienda en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), también se incluye un seguro de desgravamen. Este seguro, en caso de fallecimiento, incapacidad total y permanente, o enfermedad catastrófica del titular del crédito o su codeudor, elimina o extingue la deuda.

Pero, además también se puede cobrar un seguro de vida que, en términos prácticos,  reembolsa a los beneficiarios del afiliado o jubilado fallecido la diferencia entre el monto financiado y el saldo adeudado a la fecha del deceso.

¿Cómo reclamar el seguro de vida en el desgravamen?

1. Ingresar a la página web del Biess.

2. Seleccionar la opción Hipotecarios, ubicada en la parte central de la página.

3. De las opciones que se encuentran en el lado derecho, escoger la opción Seguros Hipotecarios.

4. Se abrirá la sección que da información sobre los seguros, desplazarse hasta el final de la página, en donde se encontrará el formulario de reclamación y descargarlo.

5. Llenar el formulario de reclamación y entregar junto con la documentación requerida. Esa documentación incluye lo siguiente:

-Aviso o notificación de siniestro a compañía de seguros.

-Formulario de reclamación.

-Partida de defunción original.

-Copia de cédula de identidad.

-Copia de historia clínica o protocolo de autopsia en caso de muerte accidental.

-Parte policial en caso de muerte accidental.

-Documentos del crédito como: Contrato, solicitud, pagarés u otros documentos que prueben la calidad de deudor principal y codeudor. (JS)

 

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