Cómo aumentar el monto de mi pensión jubilar

Cómo aumentar el monto de mi pensión jubilar

Cómo aumentar el monto de mi pensión jubilar. Para solicitar un aumento de la pensión se deberán realizar 12 aportes tras la jubilación. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Cuando se pasa una determinada edad o un número de imposiciones (480), una persona que ha aportado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) puede solicitar su jubilación y recibir una pensión mensual.

Las personas con invalidez también puede ser beneficiarios de una pensión, así como el montepío por viudez u orfandad.

El IESS ha especificado que para acceder a una jubilación se deberá cumplir con estas condiciones:

  • Edad Aportaciones Años de aportación
  • Sin límite de edad 480 imposiciones o más 40 o más
  • 60 años o más 360 imposiciones o más 30 o más
  • 65 años o más 180 imposiciones o más 15 o más
  • 70 años o más 120 imposiciones o más 10 o más

Sí existe una opción para el aumento de la mensualidad, para esto la entidad especifica que se debe tener en cuenta los escenarios.

En el primero cuando una persona se jubila por vejez y por discapacidad puede volver a trabajar en cualquier empresa, excepto durante los primeros 12 meses de jubilado en la empresa donde cesó.

El segundo escenario se da cuando se jubila por invalidez puede volver a trabajar cuando la Dirección del Sistema de Pensiones autorice el reingreso.

Cuando se reingresa a laboral puede estar sujeto al descuento del 40% de las pensiones si es que la pensión sobrepasa el monto de la canasta familiar básica del año anterior.

Para solicitar el aumento se deberá cumplir con estos requisitos:

  • Ser jubilados por vejez y por discapacidad.
  • Estar cesante al momento solicitar la mejora de la jubilación.
  • Mantener cuenta de correo activa.
  • Contar con al menos 12 meses de aportes cumplidos posteriores a la jubilación (deben ser de otra empresa a la que se haya jubilado).
  • Cédula de identidad.
  • Solicitud de mejora de jubilación.
  • No tener aportes pendientes de pago.

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