Certificado de no estar afiliado al IESS
Certificado de no estar afiliado al IESS. Genere el certificado de NO estar afiliado al IESS desde Internet para imprimirlo y usarlo en sus trámites respectivos público y privados. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Cómo generar el certificado de no afiliación al Iess.
Siga los pasos para generar el certificado en PDF.
- Ingresar el número de cédula de la persona a consultar
- Pulsar el botón «consultar»
- Descargare el archivo en PDF
- Imprimir el certificado
No es necesario acercarse a las oficinas del Iess para validar el certificado.
Sistema Online
Importante: El Certificado de NO afiliacion al Iess proporcionado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social(Iess). Informar de alguna anomalía a nuestro contacto técnico
Este servicio en línea permite que los ciudadanos no tengan que acercarse a las oficinas del Iess y puedan solicitar desde por internet.
Como obtener el certificado de no estar afiliado al IESS?
Para generar el certificado que indica si la persona es o no afiliada al IESS, ingrese el número de la cédula y pulse el botón consultar.
Si la persona nunca estuvo afiliada al iess le solicitará le fecha de nacimiento para validar la información.
Certificado de no aportar al IESS.
Puede generar el certificado, para ello digite el número de la cédula y luego de clic en CONSULTAR.
Finalmente, el sistema le pedirá que ingrese la fecha de nacimiento para verificar y generar el certificado de no aportar al IESS.
La afiliación al IESS conlleva la obligación del pago de los denominados aportes personales y patronales. Es obligación del trabajador entregar al IESS, por concepto de aporte personal, el 9.45% de su remuneración, valor que el empleador está facultado a retener. El empleador pagará el 11.15%. El empleador deberá entregar al IESS el monto total de las dos aportaciones descritas (20.60 % de la remuneración) dentro de 15 días desde que se genera la planilla[ii], es decir, los primeros 15 días de cada mes.