Carlos Bernal: ‘El pueblo debe decidir qué tipo de Constitución quiere’
El jurista colombiano Carlos Bernal Pulido preparó el alegato que el excandidato presidencial de CREO, Guillermo Lasso, presentó ante la Corte Constitucional (CC) para oponerse a la enmienda que el oficialismo quiere hacerle a la Carta Magna. Ahí expone la llamada teoría de la sustitución de la Constitución.
Bernal señala que aceptó el pedido de Lasso “en condiciones de independencia y objetividad académica”.
¿Qué dice esa teoría?
Las constituciones tienen objetivos específicos. Estructurar el ejercicio del poder político en la sociedad y defender los derechos de las personas. Las reglas constitucionales son manipulables por los políticos. De hecho, en muchos países, sobre todo en América Latina, figuras carismáticas, como el expresidente colombiano Álvaro Uribe, a veces han intentado ponerlas a su favor… Esta manipulación se conoce en el derecho constitucional como constitucionalismo abusivo. La idea es abusar de la posibilidad de reformas a la Constitución para ponerla al servicio del Ejecutivo. Cuando eso pasa, la única esperanza de los ciudadanos son los jueces.
Las cortes se inventaron la teoría de la sustitución de la Constitución para decir que el poder de reformarla puede actualizarla, pero no puede reemplazarla ni cambiarla quitando elementos esenciales porque entonces no ocurriría una reforma, sino que se reemplaza por otra distinta.
¿Qué pasó en Colombia?
El caso de la reforma que se discute en Ecuador es más grave que el colombiano. En Ecuador se propone la reelección indefinida del presidente. En el caso colombiano, Uribe fue elegido para un primer mandato y con un inmenso respaldo popular fue reelegido para un segundo. La reelección no estaba prevista en la Constitución. Su partido trampó una ley que intentaba convocar a un referéndum para que la gente decidiera si era admisible una segunda reelección. Cinco millones de personas la respaldaron. Pero la Corte Constitucional dijo que ni siquiera ellos podían decidir eso porque en ese caso se la desnaturalizaba. La Corte colombiana en esa sentencia señaló varios argumentos que yo creo son aplicables a la discusión ecuatoriana.
¿Cuáles son?
Primero, cuando un presidente es a la vez candidato está en una posición de superioridad frente a los contendores que vengan de cualquier partido de oposición, porque por la propia naturaleza del cargo tiene ciertos beneficios.
Dispone del presupuesto del Estado, entonces en tiempos de campaña puede inaugurar obras, firmar contratos, conceder prestaciones sociales. Además, tiene una visibilidad de los medios con la que no cuenta ningún candidato…
El segundo argumento es que los derechos políticos de las minorías se ven restringidos. La reelección y más la indefinida obstaculiza la alternancia democrática no solo porque hace muy difícil que los líderes de la oposición puedan llegar a ser presidente, sino los del propio partido.
Tercero: el problema de la división de poderes y pesos y contrapesos. Los teóricos del constitucionalismo han intentado diseñar una estructura con la idea de que la única manera de evitar el despotismo es que unos poderes sean capaces de controlar a otros. Cuando un presidente está en el poder durante más de un mandato, y más cuando hay un cuarto o quinto, termina inmiscuyéndose en esos poderes que lo controlan.
¿Cuál es la vía adecuada para cambiar la Constitución?
Cuando la Constitución se intenta sustituir por otra, tiene que pedirse al constituyente primario que se pronuncie. Ese es el pueblo. Si un presidente quiere desnaturalizarla, no lo puede hacer por el procedimiento de enmienda, pues que se estaría quitando el derecho al pueblo para decidir qué tipo de Constitución quiere.
Si un proyecto político es muy bueno, pues entonces dentro de él tiene que haber gente nueva que sea capaz de tomar las banderas y reemplazar al presidente”.
Carlos Bernal, jurista colombiano






